EXPEDIENTE 3555-2022
Se decreta la suspensión provisional de los párrafos: "Antena, Q5.00.00 (Sic)", "Armario, Q25.00", Cabina Telefónica Q30.00", (...) insertos en el artículo 25, y 33 ambos contenidos en el punto cuarto del Acta Número 16-2021-CM-Extraordinaria.
EXPEDIENTE 3555-2022
Oficial 1° de Secretaría General
Asunto: Inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial. Solicitante: María Eugenia De La Vega Cruz. Disposiciones denunciadas: A) los párrafos: "Antena, Antena, Q5,00.00 (sic)", "Armario, Armario, Q25.00", "Cabina Telefónica, Unidad, Q30.00", "Caja de Registro, Caja Q5.00", "Poste, Poste Q25.00", "Pozos, Pozo Q100.00", "Tendido de Cable para la transmisión de datos, telefonía y comunicaciones, Metro Lineal, Q2.00" y "Cualquier otro componente de infraestructura para la transmisión de datos, telefonía y comunicaciones. Unidad, Q30.00", insertos en el artículo 25, y B) el artículo 33; ambos contenidos en el REGLAMENTO DE USO E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA VÍA PÚBLICA SUBTERRÁNEA, SOBRESUELO Y EN EL ESPACIO AÉREO, PARA LA TRANSMISIÓN DE DATOS TELEFONÍA Y COMUNICACIONES, EN EL MUNICIPIO DE LOS AMATES, DEPARTAMENTO DE IZABAL, Punto Cuarto, del Acta número 16-2021-CM-EXTRAORDINARIA, de fecha veintidós de octubre de dos mil veintiuno, correspondiente a la sesión extraordinaria que celebró el Concejo Municipal de los Amates, departamento de Izabal, publicado en el Diario de Centro América el dos de noviembre de dos mil veintiuno.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, catorce de julio de dos mil veintidós.
Se tiene a la vista, para resolver, la acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial, que promovió María Eugenia De La Vega Cruz, con el objeto de impugnar: A) los párrafos: "Antena, Antena, Q5,00.00 (sic)", "Armario, Armario, Q25.00", "Cabina Telefónica, Unidad, Q30.00", "Caja de Registro, Caja Q5.00", "Poste, Poste Q25.00, "Pozos, Pozo Q100.00", "Tendido de Cable para la transmisión de datos, telefonía y comunicaciones. Metro Lineal, Q2.00" y "Cualquier otro componente de infraestructura para la transmisión de datos, telefonía y comunicaciones, Unidad, Q30.00", insertos en el artículo 25, y B) el artículo 33; ambos contenidos en el REGLAMENTO DE USO E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA VÍA PÚBLICA SUBTERRÁNEA. SOBRESUELO Y EN EL ESPACIO AÉREO, PARA LA TRANSMISIÓN DE DATOS TELEFONÍA Y COMUNICACIONES, EN EL MUNICIPIO DE LOS AMATES, DEPARTAMENTO DE IZABAL, Punto Cuarto, del Acta número 16-2021-CM-EXTRAORDINARIA, de fecha veintidós de octubre de dos mil veintiuno, correspondiente a la sesión extraordinaria que celebró el Concejo Municipal de los Amates, departamento de Izabal, publicado en el Diario de Centro América el dos de noviembre de dos mil veintiuno.
CONSIDERANDO
-I-
El artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece, en el apartado conducente, que "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables. // La suspensión tendrá efecto general y se publicará en el Diario Oficial al día siguiente de haberse decretado.".
-II-
En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal citada, razón por la cual se decreta la suspensión provisional de las disposiciones denunciadas, como se indica en la parte resolutiva del presente auto.
LEYES APLICABLES
Artículo citado, 139, 179 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad: 7 Bis del Acuerdo 3-89; 4 y 50 del Acuerdo 1-2013, ambos de la Corte de Constitucionalidad.
POR TANTO
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