ACTA MUNICIPAL  28-2022.11

Se acuerda emitir y aprobar la presente ordenanza de observancia general para la implementación de la política pública local transfronteriza para el desarrollo económico territorial inclusivo, en el Municipio de San Juan Ermita, Departamento de Chiquimula


ACTA NÚMERO 28-2022
PUNTO DÉCIMO PRIMERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN ERMITA, DEL DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.


CERTIFICA:

Que pera el efecto tiene a la vista las Hojas Movibles que conforman el libro de actas ordinarias y extraordinarias del Honorable Concejo Municipal, en donde se encuentra el Acta de sesión pública ordinaria número: 28-2022, de fecha dieciocho de mayo de dos mil veintidós, que contiene el Punto DECIMO PRIMERO, el que copiado

literalmente establece lo siguiente: Se cuenta, en esta sesión del Concejo Municipal con la presencia de los representantes de la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Río Lempa -MTFRL- de la cual, el Municipio de San Juan Ermita es asociado; señores: Héctor Aguirre, Gerente General; y, Leslie Monroy, Técnico de la MTFRL; El motivo de su presencia es dar seguimiento a las acciones tendientes para implementar la POLITICA PÚBLICA LOCAL TRANSFRONTERIZA "PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO TERRITORIAL INCLUSIVO -DETI", cuyo nombre se abrevia, PPLT-DETI-; la cual, fue aprobada por este Concejo Municipal en el punto SEPTIMO del Acta número: 04-2022 correspondiente a la sesión pública extraordinaria realizada por el este Concejo Municipal el diecisiete de enero de dos mil veintidós. Por lo que, el asesor técnico de la Mancomunidad Trinacional, Rony Linares, procede a presentar el proyecto de ordenanza de observancia general para la implementación de la Política Pública Local Transfronteriza para el Desarrollo Económico Territorial Inclusivo, en el Municipio de San Juan Ermita, departamento de Chiquimula. Se hace constar por parte del Secretario Municipal, que, durante la presentación del proyecto de ordenanza, se fueron realizando modificaciones a su texto por parte de los presentes en esta sesión ordinaria del Concejo Municipal. Por lo que, el texto que se incluye en este punto, fue aprobado con sus respectivas modificaciones; para su remisión en su oportunidad al Diario Oficial para su publicación.


CONSIDERANDO:

Que conforme la Constitución Política de la República de Guatemala en sus artículos 1.2,119 literales a), b), d), n), el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común. Preceptuando que, es deber del Estado garantizarles a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. Incluyendo como obligaciones fundamentales del Estado: a) Promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en actividades agrícolas, pecuarias, industriales, turísticas y de otra naturaleza: b) Promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa, para lograr un adecuado desarrollo regional del país; d) Velar por la elevación del nivel de vida de todos los habitantes del país, procurando el bienestar de la familia; n) Crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal en su artículo 35 literal w, incluye como atribución del Concejo Municipal, las facultades para el cumplimiento de las obligaciones atribuidas al Estado por el artículo 119 de la Constitución Política de la República de Guatemala. Estableciendo en su artículo 67, que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos citados; y, en ejercicio de las funciones, atribuciones y facultades constitucionales; así como las establecidas en los artículos 3, 7, 9, 33, 35 literales a, i, j, k, 38, 39,40, 41,42 del Código Municipal, Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, este Concejo Municipal del Municipio de San Juan Ermita, Departamento de Chiquimula, por unanimidad de votos de sus integrantes,


ACUERDA: EMITIR Y APROBAR LA PRESENTE ORDENANZA DE OBSERVANCIA GENERAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DE LA POLITICA PÚBLICA LOCAL TRANSFRONTERIZA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO TERRITORIAL INCLUSIVO,
EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN ERMITA, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA


TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETO, AMBITO PERSONAL, TERRITORIAL, FINALIDAD Y PRINCIPIOS.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,088 veces.
  • Ficha Técnica: 4 veces.
  • Imagen Digital: 4 veces.
  • Texto: 3 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu