ACUERDO MINISTERIAL 192-2022
Se acuerda facultar al Registro del Mercado de Valores y Mercancías para que pueda solicitar la adhesión al Memorando de Entendimiento Multilateral entre las entidades supervisoras y/o reguladoras de los mercados de valores.
ACUERDO MINISTERIAL No. 192-2022
Guatemala, 12 de abril de 2022
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 119 establece que son obligaciones fundamentales del Estado, entre otras, las de promover el desarrollo económico de la Nación, proteger la formación del capital, el ahorro y la inversión y crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros;
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Mercado de Valores y Mercancías establece en su artículo 1 que su normativa busca el desarrollo transparente, eficiente y dinámico del Mercado de Valores, para lo cual resulta esencial en un mundo globalizado, el intercambio de información y la cooperación mutua entre entidades Supervisoras y/o Reguladoras de distintos Mercados de Valores, que conlleve también a una facilitación de negocios transfronterizos y la aplicación conjunta de mejores prácticas internacionales.
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Mercado de Valores y Mercancías establece en su artículo 8 que el Registro del Mercado de Valores y Mercancías es un órgano del Ministerio de Economía, con carácter estrictamente técnico, cuyo objeto es el control de la juridicidad y registro de los actos que realicen y contratos que celebren las personas que intervienen en los mercados a que se refiere la ley, y que el mismo gozará de plena autonomía técnica y funcional;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el artículo 27 literales f), g), h) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República, y el artículo 7 literal f) del Acuerdo Gubernativo No. 211-2019 del Vicepresidente de la República en funciones del Presidente, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Economía;
ACUERDA:
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