ACTA MUNICIPAL  032-2022.5

Reglamento de operación e instalación de infraestructura en la vía pública subterránea, sobresuelo y en el espacio aéreo, para la transmisión de datos, telefonía, y comunicaciones, en el Municipio de Melchor de Mencos, Departamento de Petén.


ACTA No. 032-2022 PUNTO QUINTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MELCHOR DE MENCOS, DEL DEPARTAMENTO DE PETEN, CERTIFICA: QUE, PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO DE HOJAS MÓVILES DE ACTAS DE SESIONES DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, CON NÚMERO DE REGISTRO 070-2021, EN EL CUAL SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA No. 032-2022, CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL, DONDE SE ENCUENTRA EL PUNTO QUINTO DE FECHA DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS QUE COPIADA TEXTUALMENTE DICE:

QUINTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MELCHOR DE MENCOS, DEPARTAMENTO DE PETÉN


CONSIDERANDO:

Que los municipios de la República de Guatemala son entidades autónomas, teniendo como unos de sus elementos el territorio y patrimonio del Municipio, a quienes entre otras funciones les corresponde administrar bienes y realizar acciones para obtener y disponer de sus recursos para el fortalecimiento económico, por lo que es necesario la implementación de disposiciones, reglamentos y ordenanzas municipales en beneficio y desarrollo social, y en atención a brindar servicios públicos para el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que La Municipalidad de Melchor de Mencos, Petén, es propietaria de las Fincas debidamente inscritas en el Registro General de la Propiedad de Inmueble, identificadas con los numero de fincas siguientes: a) finca matriz 176 folio 176 Libro 22; b) ampliación de finca 6479 folio 479 del Libro 73E; c) ejido finca 1121 folio 229 del Libro 8 de El Petén y arenal finca 8814 folio 314 libro 158E. Las cuales tienen las medidas y colindancias que le aparecen en sus respectivas inscripciones de dominio.


CONSIDERANDO:

Que los bienes municipales de uso común y uso no común, que se encuentran dentro y fuera de las Fincas propiedad de la Municipalidad, se han utilizados para la instalación y conducción de cables para telecomunicaciones, transmisión de señal de cable entre otros sin control alguno por ciertas empresas, y en algunos casos obstruyen la libre locomoción, obstaculizan las obras de desarrollo como agua potable, drenaje, pavimentación, lo cual va en detrimento de los habitantes del Municipio, instalando infraestructura y mobiliario urbano, prestando diferentes servicios con fines de lucro, utilizando y explotando comercialmente el área pública propiedad de la Municipalidad, sin que estas contribuyan por la explotación del uso del espacio público; siendo necesario emitir una disposición municipal que regule la renta por el aprovechamiento privativo de los bienes municipales.


CONSIDERANDO:

Que compete al Concejo Municipal la fijación de rentas de los bienes municipales, sean éstos de uso común o no; por lo que es necesario normar la renta sobre el aprovechamiento privativo de los bienes municipales sobre el uso de los mismos.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y en lo que establecen los artículos 121, 122, 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 458 y 458 del Código Civil, 3, 6, 8, 9, 33, 35 inciso n), 67, 68,100 y 101 del Código Municipal Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República.


ACUERDA:

Aprobar y emitir para su gestión el siguiente reglamento:


REGLAMENTO DE OPERACIÓN E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN LA VÍA PÚBLICA
SUBTERRÁNEA, SOBRESUELO Y EN EL ESPACIO AÉREO, PARA LA TRANSMISIÓN DE DATOS,
TELEFONÍA, Y COMUNICACIONES, EN EL MUNICIPIO DE MELCHOR DE MENCOS, DEPARTAMENTO
DE PETÉN.

 
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