ACUERDO GUBERNATIVO  88-2022

Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de ingresos y egresos del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal -PPEM-, correspondiente al ejercicio fiscal 2022.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 88-2022

Guatemala, 4 de abril de 2022


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que el Plan de Prestaciones del Empleado Municipal -PPEM-, solicita autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, en la cantidad de VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y OCHO QUETZALES CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS (Q23,264,098.88), para incorporar saldos de caja de ingresos propios, derivado que los ingresos que percibe la Institución provenientes de las aportaciones que realizan las municipalidades, son limitados por el inicio de operaciones, con la finalidad de cumplir con el pago de las pensiones por vejez e invalidez de los jubilados del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal -PPEM-.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización del gasto y las autoridades del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal -PPEM-, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta del crédito aprobado mediante el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 036 de fecha 16 FEB 2022 , de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 025-2022 de fecha 18 feb 2022 , emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;

 
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