ACTA MUNICIPAL  001-2022.2

Reglamento Municipal para la adjudicación y legalización de tierras constituidas dentro del ejido municipal entregadas en calidad de usufructo a favor de particulares en el Municipio de Aguacatán, Huehuetenango.


ACTA NÚMERO 001-2022 PUNTO SEGUNDO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUACATAN DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO; CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES EXTRAORDINARIAS EN USO DEL CONCEJO MUNICIPAL DONDE APARECE EL ACTA NUMERO CERO CERO UNO GUION DOS MIL VEINTIDOS (001-2022) DE FECHA CINCO DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDOS (05-01-2022) SE ENCUENTRA CONSIGNADO EL PUNTO QUE COPIADA LITERALMENTE DICE:

SEGUNDO: El Concejo Municipal de la municipalidad de Aguacatán departamento de Huehuetenango, en pleno. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 41-2005 del Congreso de la República de Guatemala, se crea el Registro de Información Catastral, como autoridad competente cuyo objetivo primordial es establecer, mantener y actualizar el catastro nacional. CONSIDERANDO: Que este proceso catastral debe consolidarse en el municipio, específicamente en fincas de propiedad municipal, a través de un proceso de regularización de la propiedad, posesión y tenencia de la tierra, que permita adjudicar y legalizar los predios urbanos y rurales ubicados en el mismo, garantizando así a sus habitantes seguridad y certeza jurídica sobre estos derechos. CONSIDERANDO: Que el municipio actúa por delegación del Estado, como entidad descentralizada y autónoma, correspondiéndole la facultad de obtener y disponer de sus recursos, y que actualmente forma parte del patrimonio de la Municipalidad de Aguacatán, departamento de Huehuetenango, constituyéndose como su ejido municipal, el inmueble inscrito en el Segundo Registro de la Propiedad de Quetzaltenango, finca número 2,583, folio 248, del libro 23, del departamento de Huehuetenango y que constituye precisamente la totalidad del territorio que abarca el municipio de Aguacatán, Huehuetenango. CONSIDERANDO: Que dentro de la finca descrita anteriormente se encuentran en posesión vecinos, dentro del ejido de este municipio, y que tal posesión, no obstante ejercerla desde hace varios años, no se encuentra acreditada mediante título legal que los ampare como legítimos propietarios y poseedores de dichos inmuebles. POR TANTO: El Concejo Municipal de Aguacatán, departamento de Huehuetenango, con fundamento en lo que establecen los artículos: 1, 2, 39, 119 literales a), b) j) y g), 253, 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 456, 457, 460, 463, 464, 472, 612, 620, 642, 649, 650, 652, 752, 1,125, 1130, 1,146 del código civil; 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 19, 22, 23, 33, 34, 35 literales a), b), c), d), e), f), i), m), n), u), w), x), y), aa) 40, 42, 52, 53, 67, 72, 73, 99, 100, 101, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 134, 140, 141, 142, 143, 144 del Código Municipal; 1, literal b), 54, 103 bis, de la Ley de Contrataciones del Estado, y lo que para el efecto preceptúe el Decreto 26-2007 del Congreso de la República, ACUERDA: I) Aprobar y emitir el siguiente:


REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA ADJUDICACIÓN Y LEGALIZACIÓN DE
TIERRAS CONSTITUIDAS DENTRO DEL EJIDO MUNICIPAL ENTREGADAS EN CALIDAD DE
USUFRUCTO A FAVOR DE PARTICULARES EN EL MUNICIPIO DE AGUACATÁN,
HUEHUETENAGO.


TITULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.

CAPÍTULO I.
PROCESO DE REGULARIZACIÓN Y LEGALIZACIÓN.

 
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