ACTA MUNICIPAL 040-CMS-2021.7
Se acuerda exonerar el pago del 50% a los usuarios del servicio de agua potable del Municipio de Sipacate, con más de dos meses de morosidad.
ACTA NÚMERO 040-CMS-2021
PUNTO SÉPTIMO
El infrascrito Secretario del Concejo Municipal del municipio de Sipacate, Departamento de Escuintla CERTIFICA: Que tiene a la vista el libro de actas de sesiones ordinarias del Concejo Municipal identificado con Resolución de Contraloría General de Cuentas No. Fb./2662, en el que se encuentra el acta número cero cuarenta guión CMS guión dos mil veintiuno (040-CMS-2021). de fecha siete de octubre del arto dos mil veintiuno, la que en el punto SEPTIMO dice:
"SEPTIMO: Autorización de exoneración de canon de agua. El Honorable Concejo Municipal CONSIDERANDO: Que el señor Alcalde ha informado que los registros municipales revelan que dos mil sesenta y tres son los usuarios del servicio de agua potable domiciliar quienes reportan una morosidad en el pago del consumo, a lo que se le ha dado seguimiento administrativamente sin que se vea una mejoría en la recuperación de los adeudos por este concepto; CONSIDERANDO: Que la economía del municipio se ha visto afectada por la enfermedad Covid-19 y su incidencia significativa en la economía familiar de los vecinos del municipio; CONSIDERANDO: Que la precariedad de los usuarios del servicio de agua potable le imposibilita el puntual cumplimiento del pago del canon de agua en la municipalidad; CONSIDERANDO: Que es facultad del Honorable Concejo Municipal eximir de pago de arbitrios o tasas municipales a las personas individuales o jurídicas contribuyentes con el objetivo, en el presente caso, de disminuir la antigüedad de la morosidad; por TANTO: Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35 inciso i., 67, 105 y 107 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República, el Honorable Concejo Municipal por unanimidad acuerda
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