ACUERDO GUBERNATIVO  183-2021

Se acuerda aprobar las diligencias de inscripción de la posesión a favor de la Municipalidad de San Gaspar Ixchil, Departamento de Huehuetenango, sobre el bien inmueble, ubicado en el lugar Chimiché, Aldea La Cumbre de esa jurisdicción municipal.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 183-2021

Guatemala, 20 de septiembre de 2021


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde, cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas a través del Expediente Número 2017-90511, opinó de manera favorable respecto a las diligencias de inscripción de la posesión a favor de la Municipalidad de San Gaspar Ixchil, departamento de Huehuetenango, del bien inmueble de naturaleza rústica con un área de 632.90 metros cuadrados, ubicado en el lugar denominado Chimiché, Aldea La Cumbre de esa jurisdicción municipal, para el proyecto "Construcción Sistema de Agua Potable Aldea La Vega, Aldea La Cumbre, Caserío Chacpantzé y Área Urbana, San Gaspar Ixchil, Huehuetenango", el cual carece de inscripción registral, por lo que habiéndose cumplido con el procedimiento señalado en el Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado, es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, y 2 literal c) del Decreto Ley Número 141-85 del Jefe de Estado.


ACUERDA

 
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