DISPOSICIONES PRESIDENCIALES  21-08-2021

Reformas a las Disposiciones Presidenciales y Órdenes para el estricto cumplimiento, de fecha 13 de agosto del 2021.


DISPOSICIONES PRESIDENCIALES Y ÓRDENES PARA EL ESTRICTO
CUMPLIMIENTO NECESARIAS POR CALAMIDAD PÚBLICA
ORIGINADA POR LA PANDEMIA COVID-19 Y SUS VARIANTES,
EN ESPECIAL LA DENOMINADA DELTA.

Guatemala, 21 de agosto de 2021


CONSIDERACIONES:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia y preceptúa que la salud es un derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna, catalogado como bien público.

Que la pandemia COVID-19 sigue extendiéndose, ahora con sus cinco variantes incluyendo las denominadas Delta y Lambda, poniendo en grave riesgo a los habitantes, por ello deben tomarse decisiones Ejecutivas trascendentales para enfrentar la situación, las mismas se hacen previa reflexión y consultas legales y técnicas y actuando por el bienestar y salud de los habitantes del territorio nacional, previo respaldo de los Ministros de Estado.

Que las actividades de administración de los recursos públicos deben estar sujetas a legalidad, transparencia, prudencia, celeridad y concordancia, es necesario reformar las Disposiciones Presidenciales del 13 de agosto de 2021.


POR TANTO:

En mi calidad de Presidente de la República de Guatemala, fundamentado en las funciones, atribuciones y obligaciones legales que ostenta el cargo y las establecidas en la Constitución Política de la República de Guatemala, en especial en el artículo 183 literales a), b), e) y f) y que este último inciso determina dictar las disposiciones que sean necesarias en los casos de emergencia grave o de calamidad pública; artículo 2, 6, 34, 36 de la Ley de Orden Público, así como las determinadas en los Decretos Gubernativos números 6-2021 y 7-2021 en Consejo de Ministros, procedo a pronunciar las siguientes,


REFORMAS A LAS DISPOSICIONES PRESIDENCIALES Y ÓRDENES PARA EL ESTRICTO
CUMPLIMIENTO NECESARIAS POR CALAMIDAD PÚBLICA ORIGINADA POR LA
PANDEMIA COVID-19 Y SUS VARIANTES, EN ESPECIAL LA DENOMINADA DELTA
DE FECHA 13 DE AGOSTO DE 2021

Para la interpretación, integración y aplicabilidad de las presentes Disposiciones Presidenciales debe de tomarse como principio rector la Salud Pública, en concordancia con la finalidad del Estado que es el Bien Común.

Las siguientes medidas de observancia general por el bienestar de los habitantes son de aplicabilidad en todo el territorio de la República de Guatemala, en los lugares y transportes de cualquier clase sometidos a la jurisdicción nacional, siempre dentro del marco legal y con el respeto de todas las formas de organización social reconocidas en nuestra Nación.


SECCIÓN PRIMERA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,248 veces.
  • Ficha Técnica: 80 veces.
  • Imagen Digital: 80 veces.
  • Texto: 52 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 11 veces.
  • Formato Word: 6 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu