ACUERDO MINISTERIAL 317-2021
Se acuerda actualizar en el sitio web del Ministerio de Economía, las listas de los aranceles preferenciales de los acuerdos comerciales internacionales vigentes en Guatemala, del año 2021, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 432-2020.
ACUERDO MINISTERIAL No. 317-2021
Guatemala, 12 de julio de 2021
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado norma sus relaciones con otros Estados y en ese sentido, la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, señala que es función del Ministerio de Economía, encargarse de la ejecución de los convenios y tratados de comercio internacional vigentes, así como formular y ejecutar, de conformidad con la ley, la política arancelaria del país, razón por la cual el Ministerio de Economía, con el propósito de transparentar y facilitar el comercio, publicó a través del Acuerdo Ministerial número 934-2020 el listado de aranceles aplicables a los acuerdos comerciales internacionales para el año 2021, actualizado por medio del Acuerdo Ministerial número 057-2021 y Acuerdo Ministerial número 295-2021.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros de la Integración Económica, el 10 de diciembre de 2020, emitió la Resolución No. 432-2020 (COMIECO-XCIII) que aprueba la apertura arancelaria para arroz, en la forma establecida en dicha Resolución, la cual conforme sus disposiciones, entra en vigor el 10 de agosto de 2021 y debe ser publicada por los Estados Parte. Esta Resolución fue dada a conocer mediante el Acuerdo Ministerial número 090-2021, publicado en el Diario de Centroamérica el 18 de marzo de 2021.
CONSIDERANDO:
Que esta apertura arancelaria realizada por el Consejo de Ministros de la Integración Económica forma parte integral del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, por lo que es necesario actualizar las listas de aranceles preferenciales para el año 2021, correspondientes a los acuerdos comerciales internacionales vigentes. En virtud de lo cual, siendo de estricto interés del Estado de Guatemala para impulsar y perfeccionar el comercio internacional, se hace necesario emitir el presente Acuerdo Ministerial y darlo a conocer a la población en general, para su observancia y aplicación.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 27 literales a) y m) y 32 literales c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala,
ACUERDA:
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