DECRETO DEL CONGRESO 8-2021Gratuita
Ley de exención de responsabilidad y de creación del mecanismo de compensación por el uso de vacunas contra la COVID-19 que posean autorización de uso de emergencia por la pandemia del virus SARS-Cov-2.
DECRETO NÚMERO 8-2021
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que es obligación constitucional del Estado velar por la salud y la asistencia social de todos sus habitantes, desarrollando las acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes, a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Guatemala, a través del Decreto Número 1-2021, declaró la vacunación de la población guatemalteca contra el virus SARS-CoV-2 denominado COVID-19, como un asunto de interés nacional, reconociendo a la vez que el Estado debe garantizar que la vacunación se efectuará de forma gratuita, universal y voluntaria para toda la población, facultando a las autoridades del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social a realizar la compra de vacunas contra el virus en referencia.
CONSIDERANDO:
Que derivado de las negociaciones que ha sostenido el Estado de Guatemala con diversas entidades fabricantes de las vacunas contra la COVID-19, se han identificado algunas circunstancias que ameritan ser objeto de regulación, con el objeto de adecuar el ordenamiento jurídico, y con ello se pueda formalizar y cumplir la negociación para la adquisición de estas.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Y DE CREACIÓN DEL MECANISMO DE
COMPENSACIÓN POR EL USO DE VACUNAS CONTRA LA COVID-19 QUE POSEAN
AUTORIZACIÓN DE USO DE EMERGENCIA POR LA PANDEMIA DEL VIRUS
SARS-CoV-2
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