ACUERDO MINISTERIAL 129-2021
Se acuerda aprobar el "Funcionamiento del Procesamiento Electrónico de Medios de Pago y su interacción con el Sistema Integrado de Administración Financiera -SIAF- vigente para Gobiernos Locales".
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 129-2021
Guatemala, 10 de marzo de 2021
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala faculta a los Ministros de Estado para ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; para dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ramo y velar por el estricto cumplimiento de las leyes, establece que los municipios son instituciones autónomas, a quienes entre otras funciones corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO
Que dentro de sus competencias, el Ministerio de Finanzas Públicas a través de la Dirección de Asistencia a la Administración Financiera Municipal -DAAFIM- debe brindar asesoría y asistencia técnica a las municipalidades, mancomunidades de municipalidades, dependencias y empresas municipales del país en lo concerniente al registro de sus transacciones económico-financieras, de acuerdo con la metodología presupuestaria uniforme utilizada por el sector público; así como diseñar, implementar y dirigir programas de fortalecimiento fiscal, financiero e institucional.
CONSIDERANDO
Que el proceso de modernización del Sistema de Administración Financiera del Estado requiere la constante revisión de los procedimientos administrativos y operativos para facilitar, agilizar y transparentar la gestión pública que propicie un manejo eficiente de los recursos públicos.
CONSIDERANDO
Que la inmersión tecnológica en nuestra sociedad es una realidad, es necesario revisar conceptos y visiones tradicionales de los procesos operativos, para adaptarlos al contexto actual del mundo digital, para ello es necesario generar la normativa, así como los instrumentos técnicos y legales basados en modelos existentes, que permitan el estímulo, fomento y promoción del uso de nuevas tecnologías de la información en el sector público para fortalecer la gestión financiera municipal sobre la base de la autonomía de la voluntad.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) f) e i) y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 23,27 literales e) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala Ley del Organismo Ejecutivo; artículos 3 y 100 del Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal; artículo 42 Bis y 46 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y artículos 1, 5, 6, 155, numerales 12, 14 y 15 del Acuerdo Gubernativo Número 112-2018, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA
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