ACUERDO MINISTERIAL 096-2021
Se acuerda publicar el presente Acuerdo Ministerial, en el que se da a conocer la Resolución No. 438-2020 (COMIECO-XCIII), de fecha 10 de diciembre de 2020, Procedimiento Centroamericano para la Expedición del Certificado de Reexportación.
*Modifica el artículo 1 (Ámbito de Aplicación) del Procedimiento Centroamericano para la Expedición del Certificado de Reexportación, aprobado por la Resolución No. 438-2020 (COMIECO-XCIII), del 10 de diciembre de 2020, adicionando un nuevo numeral 1.5 publicado en el sitio Web del Ministerio de Economía, http://www.mineco.gob.gt. y en la que se da a conocer en el Acuerdo Ministerial 096-2021 por el numeral 1 de la Resolución 466-2022(COMIECO-C) en la que se da a conocer en el Acuerdo Ministerial 558-2022
ACUERDO MINISTERIAL No. 096-2021
Guatemala, 15 de febrero de 2021
EL MINISTRO DE ECONOMIA
CONSIDERANDO:
Que conforme a los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- las Resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entrarán en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 438-2020 (COMIECO-XCIII), de fecha 10 de diciembre de 2020, el Consejo de Ministros de Integración Económica, aprobó el Procedimiento Centroamericano para la Expedición del Certificado de Reexportación, así como el formato del Certificado de Reexportación y su Instructivo de llenado;
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
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