DECRETO DEL CONGRESO  1429


Aviso Importante:

Estimado Usuario:

La categoría a la que pertenece la publicación se encuentra en proceso de integración del texto y/o imágenes por tratarse de un documento antiguo.


En el caso que desee consultar el documento, rogamos realizar la solicitud a través de nuestro departamento de legislación y así darle prioridad a la integración solicitada.


Ponemos a su disposición nuestro PBX: +502 2208-2208 Ext. 8051, 8053, 8054, 8055, 8056, 8057. WhatsApp: 2208-2208 Así como nuestro correo electrónico: [email protected]



Atentamente,

INFILE, S.A.

Las Comunidades Indigenes establecidas o que se establezcan en el territorio nacional, mereceran la protección efectiva de los Organismos del Estado, y crea un Cuerpo Asesor de las Comunidades Indigenas Decreto del Congreso 1429 del 22 Marzo 1961 estable

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO DEL CONGRESO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 1429 
FECHA DE EMISION 22/03/1961 
CONTENIDO Las Comunidades Indigenes establecidas o que se establezcan en el territorio nacional, mereceran la protección efectiva de los Organismos del Estado, y crea un Cuerpo Asesor de las Comunidades Indigenas
Decreto del Congreso 1429 del 22 Marzo 1961 estable 
EMISOR CONGRESO DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: LXXX Número: -50 Página: 7-457
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 28/03/1961 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
Efectos Producidos por la Ley --
Efectos Producidos a la Ley --
Temas

Native peoples
Public welfare
Persons
Cultural property
Government organization
Administrative agencies


Documentos Relacionados --

Consultas:
  • Buscado: 954 veces.
  • Ficha Técnica: 18 veces.
  • Imagen Digital: 0 veces.
  • Texto: 0 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu