ACUERDO GUBERNATIVO 18-2021
Se acuerda crear en el Ministerio de Ambiente y Recursos Humanos Naturales una plaza adicional de Viceministro, denominada Viceministro de agua, cuyas funciones específicas se establecerán de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento orgánico interno.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 18-2021
Guatemala, 1 de febrero de 2021
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO
Que el artículo 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que, el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.
CONSIDERANDO
Que el artículo 29 bis, del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, establece en su parte conducente que, al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales le corresponde formular y ejecutar las políticas relativas a su ramo, así como cumplir y hacer que se cumplan el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país, en ese sentido el artículo 15 del Decreto número 68-86 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, regula que, el Gobierno velará por el mantenimiento de la cantidad del agua para el uso humano y otras actividades cuyo empleo sea Indispensable.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 200 de la citada Constitución, así como 16 y 17 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA
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