ACTA MUNICIPAL  108-2020.8

Se acuerda crear la recicladora municipal de desechos sólidos, para evitar la problemática de los vertederos clandestinos en el municipio de San José Acatempa, Departamento de Jutiapa.

ACTA NÚMERO 108-2020 PUNTO OCTAVO

El INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ ACATEMPA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.

CERTIFICA:

Que para el efecto, tuvo a la vista el libro de Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, autorizado por la Delegación de la Contraloría General de Cuentas del departamento de Jutiapa, en la que aparece el Acta Número 108-2020 Correspondiente a la sesión Pública ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal con fecha doce de noviembre del año dos mil veinte, en la que se encuentra el punto que copiado literalmente dice: OCTAVO: El Honorable Concejo Municipal CONSIDERANDO: Que la municipalidad ejecuto el proyecto denominado CONSTRUCCIÓN INFRAESTRUCTURA PLANTA DE TRATAMIENTO DE DESECHOS SÓLIDOS SECTOR RIO BLANCO, SAN JOSÉ ACATEMPA, JUTIAPA, la que tiene como finalidad clasificar y procesar toda clase de desechos sólidos producidos, en este municipio y sus alrededores, esto con el fin de erradicar todos los vertederos clandestinos además de su comercialización, para mejorar el nivel de vida y salud de los habitantes del municipio de San José Acatempa, del Departamento de Jutiapa, ya que la Salud es producto social resultante de la interacción entre el nivel de desarrollo del municipio, las condiciones de vida de las poblaciones y participación social a nivel individual o colectivo a fin de procurar a los habitantes del municipio el más completo bienestar físico, mental y social. CONSIDERANDO: Que con fecha 26 de marzo de 2019, fue recepcionado formal y legal mente el proyecto referido en el considerando anterior. Como quedo evidenciado, en el Acta de recepción de obra No. 05-2019. CONSIDERANDO: Que según acta de COMUDE No. 07-2019 de fecha 25 de septiembre de 2019, específicamente en el punto SEXTO: se dio a conocer que se tenían a la vista varias solicitudes de los COCODES del municipio, donde manifiestan, que, si está, la planta de tratamiento de desechos sólidos terminada, es conveniente que entre en funcionamiento para cumplir con el fin con que fue construida. CONSIDERANDO: Que según Acta 68-2019 de sesión ordinaria de Concejo Municipal, en su punto OCTAVO, resolvió, de manera urgente y necesario, para el medio ambiente y la salud de toda la población de este municipio y por solicitud de los COCODES se de por iniciado el tratamiento de desechos sólidos en la planta de tratamiento que se encuentra en el sector Río Blanco de San José Acatempa, Jutiapa. CONSIDERANDO: Que el manejo de los desechos debe tener un tratamiento integral en el que se prevenga y reduzca la nocividad, que transforme los modelos actuales de manejo hacia un modelo sostenible, asegurando la puesta en obra de sistemas de gestión optimizada y adaptada de los residuos urbanos comunes, residuos de manejo especial y residuos peligrosos, por lo anterior es necesario implementar un plan municipal de coordinación y manejo de los diferentes tipos de desechos en el municipio para propiciar las acciones de los distintos antes responsables en el manejo. CONSIDERANDO: Que el tema de los desechos sólidos, involucra aspectos culturales, sociales, económicos, sanitarios, físicos y otros que forman parte del hacer cotidiano de las personas, constituyéndose por lo tanto en uno de los problemas ambientales más serios a los que se enfrenta la sociedad, ante la complejidad y de lo extenso del correcto manejo de los residuos y desechos sólidos surge la necesidad de promover y emprender acciones que permitan la participación de los diferentes actores de la sociedad en la solución a través de la comprensión del problema y aporte de ideas por parte del Concejo Municipal para que nos permitan encontrarle e implementar respuesta de solución. CONSIDERANDO: Que la política municipal para el manejo integral de los residuos y desechos sólidos, ha sido articulado de cuatro componentes sociales básicos; la iniciativa privada, las instituciones centrales de Gobierno, las municipalidades y las organizaciones civiles todos involucrados de alguna manera como grupos de entes relevantes en los procesos de producción, distribución acondicionamiento, importación, exportación, consumo, manejo, y disposición. CONSIDERANDO: Que el medio ambiente y equilibrio ecológico, El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional, están obligados a proporcionar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictaran todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, flora, de la tierra y del agua se realicen racionalmente evitando su depredación. CONSIDERANDO: Que los recursos económicos del municipio, las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios, la captación de los recursos deberá ajustarse al principio establecido en el artículo 239 de la Constitución Política de la República, a la ley y a las necesidades de los municipios en el caso de las municipalidades deben establecer las tasas municipales para su fortalecimiento económico. CONSIDERANDO: En ejercicio de la Autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, este elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias propias del municipio están el abastecimiento domiciliario de agua potable debidamente clorada, alcantarillado, alumbrado público, mercados, rastros, administración de cementerios y la autorización y control de los cementerios privados, limpieza y ornato, formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final. CONSIDERANDO: Que los servicios públicos municipales en el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos en los términos indicados en el código municipal garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y en su caso la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deben ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicio. CONSIDERANDO: Que el Centro de Salud y la comisión de medio ambiente continuamente trabajan sobre la erradicación de los vertederos clandestinos llegaron a la conclusión que para evitar esa problemática es bueno que la municipalidad heche andar un programa para ayudar a mejorar el medio ambiente. CONSIDERANDO: Que dentro de todas las obligaciones que tiene la municipalidad dentro del marco jurídico para mejorar el sistema del medio ambiente, el nivel de vida de los habitantes tal y como lo establecen las leyes que velan por el medio ambiente. CONSIDERANDO: Que la problemática de los desechos sólidos, es a nivel nacional este Concejo Municipal después de una amplia discusión ha concluido que le darán vida legal al proyecto Construcción Infraestructura Planta de Tratamientos de Desechos Sólidos Sector Río Blanco, San José Acatempa, Jutiapa, para el cual fue construido y que cumpla con su finalidad de clasificar y tratar los desechos sólidos y que se le denominará: RECICLADORA MUNICIPAL DE DESECHOS SOLIDOS, la que tendrá como función principal la clasificación de los desechos sólidos que genera el municipio. Este proyecto generara oportunidades de empleo a la población de este municipio, donde podrán clasificar los desechos sólidos. Asimismo, se implementara una nueva modalidad donde la municipalidad comprará los desechos sólidos reciclables las personas, que reciclan desechos sólidos en el municipio y sus alrededores, luego la municipalidad procederá a procesarlos y posteriormente venderlos, a una empresa del medio, para que sea auto sostenible dicha recicladora municipal de desechos sólidos. Los precios que se fijarán tanto para su compra y venta, se regirán conforme a los precios que se establecen en el mercado nacional. CONSIDERANDO: Que Los acuerdos, ordenanzas y resoluciones del Concejo Municipal serán de efecto inmediato; pero, los de observancia general entrarán en vigencia ocho (8) días después de su publicación en el diario oficial, a menos que la resolución o acuerdo amplíe o restrinja dicho plazo. POR TANTO: De conformidad con lo considerado, y con fundamento en las facultades conferidas por la Constitución Política de la República de Guatemala, artículos 97, 253, 254 y 255, el decreto Legislativo Número 12-2002 del congreso de la república artículos 3, 5, 7, 33, 36, 37, 42 68 inciso a), 69, 72, Decreto Numero 90-97 del Congreso de la República Código de Salud, Decreto Numero 68-86 del Congreso de la República Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, por unanimidad de VOTOS este honorable Concejo Municipal ACUERDA:

 
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