ACTA MUNICIPAL  51-2020.8

Se acuerda actualizar el Plan de tasas, rentas, multas y demás tributos para el Municipio de San Juan Bautista Departamento, Suchitepéquez.

*Revocada por el numeral romano I), del Acta Municipal 39-2023.4


ACTA NÚMERO 51-2020 PUNTO OCTAVO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN BAUTISTA, DEL DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ.-


CERTIFICA:

Que en el Libro de Actas de Sesiones de la Municipalidad, con el número 41, a Folios del 20 al 41 se encuentra el Acta Número: 51-2020, de fecha once de noviembre del 2020, la que copiada en forma conducente, en su punto Octavo, dice:

"OCTAVO: Seguidamente el Asesor Administrativo Municipal, licenciado César Augusto Hernández Sánchez, por medio del Alcalde Municipal hace del conocimiento del Honorable Concejo Municipal de la necesidad de actualizar el PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS, Y DEMAS TRIBUTOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN JUAN BAUTISTA, DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ por lo que en este momento se presenta la actualización del PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS, Y DEMAS TRIBUTOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN JUAN BAUTISTA, DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ. El cual en este momento se da a conocer al Honorable Concejo Municipal para su lectura y aprobación para posteriormente entrar en vigencia al día siguiente de su publicación oficial en el Diario Oficial de Centroamérica.- El cual se constituye de la siguiente manera:

CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.

CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.

CONSIDERANDO: Que el Plan de Arbitrios del Municipio de San Juan Bautista departamento de Suchitepéquez que incluye las tasas por servicios, fue aprobado en el Acta 016-97 punto 4°. de fecha doce de junio del año mil novecientos noventa y siete, por lo que ya sus valores son obsoletos y no alcanzan a la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, enterado del contenido del PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS PARA EL MUNICIPIO DE SAN JUAN BAUTISTA DEPARTAMENTO, SUCHITEPÉQUEZ siguiente:

 
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