ACUERDO MINISTERIAL 263-2020
Se acuerda prorrogar indefinidamente el funcionamiento de la Unidad de Transparencia y Anticorrupción, cuya denominación será Unidad Técnica de Transparencia y Anticorrupción del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 263-2020
Guatemala, 23 de noviembre de 2020
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que a partir de que Guatemala suscribió la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención Mundial de Naciones Unidas contra la Corrupción, ambos ratificados por el Congreso de la República de Guatemala mediante los Decretos Números 15-2001 y 91-2005, respectivamente, y con la promulgación de legislación contra la corrupción se pretende que las instituciones públicas sean estructuras transparentes y efectivas en el cumplimiento de sus funciones en beneficio de la población guatemalteca, incorporando medidas que permitan mejorar los sistemas de control preventivo gubernamental, cerrando todo espacio para las transacciones ocultas que generan corrupción.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, los Ministros tienen, entre otras, la atribución de dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y la eficacia en el empleo de los mismos y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme a la ley. En concordancia, el Código de Salud le asigna al Ministro de Salud, las atribuciones de formular, organizar, dirigir la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos para la entrega de servicios de salud a la población y, para cumplir con ello, le concede las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio competen al ejercicio de su función.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Gubernativo número 115-99 autoriza a la Autoridad Superior del Ministerio de Salud la creación de unidades técnicas necesarias, y a través del Acuerdo Ministerial número 278-2016, se creó, con una vigencia finita, la Unidad de Transparencia y Anticorrupción del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, como una dependencia directa del Despacho Ministerial, cuyo funcionamiento fue prorrogado mediante Acuerdos Ministeriales números 129-2017, 186-2019 y 218-2020 y, siendo que el plazo de la prórroga en este último establecida ha concluido y el cual manda presentar, para su aprobación, una nueva propuesta para el funcionamiento de la Unidad, por lo que procede, de conformidad con las facultades legales atribuidas a la Ministra de Salud Pública y Asistencia Social, dictar la disposición legal correspondiente mediante la cual se disponga lo concerniente a la readecuación de funciones y continuidad de la Unidad de Transparencia y Anticorrupción; disposición que es de carácter general y de interés del Estado.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97; 9 literal a) del Decreto Número 90-97, ambos del Congreso de la República y sus respectivas Reformas; 10, 12 literal b) y, 24 del Acuerdo Gubernativo Número 115-99, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
ACUERDA:
PRORROGAR EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y
ANTICORRUPCIÓN
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