ACTA MUNICIPAL  38-2020.6

Se señala un plazo de 30 días calendario para que todos los vecinos Coatepecanos que a la presente fecha no cuenten con Nomenclatura, se presenten al Departamento de Catastro Municipal.


ACTA No. 38-2020 PUNTO SEXTO

El INFRASCRITO SECRETARIO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE COATEPEQUE. DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO: CERTIFICA. HABER TENIDO A LA VISTA EL RESPECTIVO LIBRO DE HOJAS MOVIBLES DE ACTAS ORDINARIAS QUE PARA EL EFECTO SE LLEVA EN ESTA SECRETARIA MUNICIPAL, EN EL CUAL APARECE ASENTADO EL PUNTO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE: ACTA ORDINARIA No. 38-2020. Sesión Publica Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del Municipio de Coatepeque del Departamento de Quetzaltenango, siendo las Seis Horas con Cinco Minutos del día Viernes Dieciséis de Octubre del Año Dos Mil Veinte; reunidos en el Salón de Honor del Palacio Municipal, Presidida por el Alcalde Municipal Alfonso García-Junco Hemmerling, contándose con la asistencia de los señores Síndicos Primero y Segundo; Ramiro Fredy Cifuentes de León y Abrabam Pérez Luarca, así como la de los Señores Concejales del Primero al Séptimo; Yomar Efraín Flores Barberena, Roberto David Estrada Quiñonez, José Manuel Mijangos, Consuelo del Tránsito Villagrán de León de Barrios, Emilio Ernesto Klimowitz de León, Francisco Vásquez Oxlaj y Hains Udiel Muñoz Rabanales, todos amparados con sus respectivas credenciales, intervino la presente Sesión el Señor Carlos Alfonso Ramírez Pazos, Secretario Municipal, con el objeto de dejar constancia de lo siguiente. SEXTO: Carmen Enelia Setino Montepeque, Directora Departamento de IUSI, INFORMA: Al Concejo Municipal, que con fecha 18 de julio del 2016, se emitió el punto Octavo del Acta Ordinaria No. 51-2016, relacionado con la ordenanza de que toda edificación cuente con su propia nomenclatura. En esa oportunidad el Concejo Acordó lo siguiente:

1) Concedió un plazo de 30 días para que todos los vecinos que no cuenten con su nomenclatura, se presentaran al departamento de catastro a realizar el trámite para la obtención de la misma.

2) Quienes ya tuvieran nomenclatura, debían presentarse a Catastro a verificar si esta se encuentra debidamente registrada en dicho departamento, posteriormente proceder a colocarla en un lugar visible del inmueble.

3) Comunicar a los vecinos que quien incumpliera con dicha ordenanza, se le impondría una multa de Q 100.00

4) Se ordenó la divulgación por medio del departamento de Relaciones Publicas y en el diario escrito de mayor circulación.

En virtud de que no se le dio cumplimiento a dicha disposición y tomando en cuenta que la nomenclatura es muy importante para la realización de su trabajo, principalmente para la entrega de notificaciones; respetuosamente solicita que este Cuerpo Colegiado actualice dicho acuerdo y se ordena a las dependencias involucradas que se le dé estricto cumplimiento, ya que la mayoría de inmuebles no tiene colocada la nomenclatura y en otros casos se han topado con que varios inmuebles utilizan la misma dirección. El, Honorable Concejo Municipal CONSIDERANDO: Que dentro dé las competencias generales del Concejo Municipal está la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales y en ejercicio de la autonomía Municipal que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza al Municipio POR TANTO: En ejercicio de las disposiciones que establecen en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 33, 35, 38, 39, 40, 41, 42, 67, 60, 69, 70, del Código Municipal, por Unanimidad ACUERDA:

 
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