ACTA MUNICIPAL 55-2020.9
Reglamento para la administración y funcionamiento del servicio del cementerio municipal de la Municipalidad de San Miguel Chicaj Departamento de Baja Verapaz.
ACTA NÚMERO 55-2020 PUNTO NOVENO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL CHICAJ, MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ
CERTIFICA:
QUE, PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO NÚMERO CINCUENTA Y DOS (52) DE ACTAS DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DEBIDAMENTE AUTORIZADO, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL PUNTO NOVENO DEL ACTA NÚMERO CINCUENTA Y CINCO GUIÓN DOS MIL VEINTE (55-2020) DE FECHA SIETE (7) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020) QUE TRANSCRITO ESTABLECE:
"NOVENO: El Honorable Concejo Municipal del municipio de San Miguel Chicaj, del Departamento de Baja Verapaz. CONSIDERANDO: Que el Código Municipal establece que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. Así mismo, el Código Municipal, en su artículo 72 establece; "Servicios Públicos Municipales. El municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial, y por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, en los términos indicados en los artículos anteriores, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios". CONSIDERANDO: Que esta municipalidad, por ser una entidad autónoma con personalidad jurídica, de conformidad con la ley tiene facultad para elegir a sus autoridades, así como para emitir sus reglamentos y ordenanzas, que garanticen la buena marcha de la administración municipal. CONSIDERANDO: Que el presente reglamento es de observancia general, es decir, que es aplicable a todos los habitantes del municipio que hagan uso o visiten las instalaciones del Cementerio Municipal. POR TANTO: Este Concejo Municipal con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 35, incisos a) e i) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. ACUERDA: Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DEL CEMENTERIO
MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL CHICAJ DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
MARCO GENERAL
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