ACTA MUNICIPAL  36-17-08-2020.23

Reglamento interno del consejo de administración de la empresa eléctrica Municipal de Jalapa.


ACTA NÚMERO 36-17-08-2020
PUNTO VIGÉSIMO TERCERO

Acuerdese emitir el siguiente: REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓNDE LA EMPRESA ELÉCTRICA MUNICIPAL DE JALAPA

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALAPA DEPARTAMENTO DE JALAPA.


CERTIFICA:

Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de actas de hojas móviles de Sesiones de la Corporación Municipal, en la cual aparece asentada EL ACTA NÚMERO TREINTA Y SEIS GUIÓN DIECISIETE GUIÓN CERO OCHO GUIÓN DOS MIL VEINTE (36-17-08-2020), de fecha diecisiete de agosto del año dos mil veinte, en donde se aprobó el Punto VIGÉSIMO TERCERO.


EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE JALAPA DEL
MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE JALAPA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, que entre otras funciones les corresponde: a) Elegir a sus propias autoridades; b) Obtener y disponer de sus recursos; y c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, y que para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal en el artículo 34 faculta al Concejo Municipal para emitir su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de personal y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal y el artículo 35 literales i, j y k establecen: "i) la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales; j) la creación, supresión o modificación de sus dependencias, empresas y unidades de servicios administrativos; k) autorizar el proceso de descentralización y desconcentración del gobierno municipal, con el propósito de mejorar los servicios y crear los órganos institucionales necesarios, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio".


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los Estatutos de la Empresa Eléctrica Municipal, el Consejo de Administración es la máxima autoridad de la Empresa Eléctrica Municipal de Jalapa, y no existe una norma que regule el ejercicio de sus funciones; POR TANTO: Con base en lo considerado, leyes citadas y en el ejercicio de las funciones del Concejo Municipal de la Municipalidad de Jalapa; ACUERDA: Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMPRESA
ELÉCTRICA MUNICIPAL DE JALAPA


CAPÍTULO I.
OBJETO.

 
...
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