ACTA MUNICIPAL  37-2020.22

Se acuerda convocar a los contribuyentes, sus apoderados o representantes legales inscritos en la base de datos del Catastro Municipal, para la actualización del valor fiscal de los inmuebles, del Municipio de Zunil, Departamento de Quetzaltenango.


ACTA NÚMERO 37-2020
PUNTO VIGÉSIMO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE ZUNIL, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO. CERTIFICA: Tener a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Municipal, en el cual se encuentra inscrita el ACTA NUMERO: TREINTA Y SIETE GUION DOS MIL VEINTE (37-2020), de fecha veintiséis de agosto del dos mil veinte, (26-08-2020) que en su parte conducente y punto VIGÉSIMO SEGUNDO literalmente se lee:

ACTA NUMERO: TREINTA Y SIETE GUION DOS MIL VEINTE (37-2020). En el municipio de Zunil, del departamento de Quetzaltenango, siendo las Diecisiete horas en punto del día veintiséis de agosto de dos mil veinte, constituidos en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal, ubicada en el Segundo Nivel del Palacio Municipal de la Municipalidad de Zunil, departamento de Quetzaltenango, con el objeto de celebrar Sesión Pública del Honorable Concejo Municipal de la Municipalidad de Zunil del Municipio de Zunil, departamento de Quetzaltenango, sesión que es presidida por el señor Alcalde Municipal JULIO CÉSAR XICAY POZ, con asistencia de los señores: Manuel Sop Xivir y Rafael López Velásquez, Síndicos Municipales Primero y Segundo; Juan Cruz Carrillo Xivir, Concejal Primero; Catarino Chay Tzin, Concejal Segundo, Esteban Saturnino Huix Zapil, Concejal Tercero; Teofilo Martiniano Pérez Colop, Concejal Cuarto; y el Infrascrito Secretario Municipal Carlos Enrique Quiroa Hernández para suscribir la presente, la cual se procede de la manera siguiente......VIGÉSIMO SEGUNDO: El señor Alcalde Municipal, JULIO CESAR XICAY POZ, manifiesta a los señores miembros del Honorable Concejo Municipal la necesidad de CONVOCAR, a los contribuyentes del Impuesto Único Sobre Inmuebles inscritos en la base de datos del Catastro Municipal, para la actualización del valor fiscal de los inmuebles; así mismo a todas las personas individuales y jurídicas quienes son propietarios de establecimientos comerciales ubicados en la jurisdicción del municipio de Zunil departamento de Quetzaltenango, tales como: Hoteles, Centros Turísticos, Restaurantes, Gasolineras, Fincas Agrícolas, Forestales y Ganaderas, etcétera, que aún no están inscritos en el catastro municipal para el cumplimiento de esta obligación tributaria, convocarlos para la presentación de la declaración de Autoavalúo de conformidad con lo que establece el artículo 6 del Decreto 15-98 del Congreso de la República de Guatemala Ley del Impuesto Unico Sobre Inmuebles -IUSI-, asunto que el señor Alcalde Municipal, deja a consideración del Honorable Concejo Municipal, para su análisis, discusión y deliberación, para su aprobación o improbación; El Concejo Municipal. CONSIDERANDO: Que después de analizar, discutir y deliberar sobre el asunto, determina la viabilidad y necesidad de CONVOCAR, a los contribuyentes del Impuesto Único Sobre Inmuebles inscritos en la base de datos del Catastro Municipal, para la actualización del valor fiscal de los inmuebles, así mismo a todas las personas individuales y jurídicas quienes son propietarios de establecimientos comerciales ubicados en la jurisdicción del municipio de Zunil, departamento de Quetzaltenango, tales como Hoteles, Centros Turísticos, Restaurantes, Gasolineras, Fincas Agrícolas. Forestales y Ganaderas, etcétera, que aún no están inscritos en el catastro municipal para el cumplimiento de esta obligación tributaria, convocarlos para la presentación de la declaración de Autoavalúo, de conformidad con lo que establece el artículo 6 del Decreto 15-98 del Congreso de la República de Guatemala Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI-, CONSIDERANDO: Que en pleno ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos; CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno municipio, velar por la integridad de su patrimonio; son sus atribuciones generales: la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales, y demás competencias inherentes a la autonomía del municipio; CONSIDERANDO: De conformidad con el Acuerdo Ministerial número 65-2004, en el cuál el Ministerio de Finanzas Públicas traslada a la Municipalidad de Zunil, departamento de Quetzaltenango, la Recaudación y Administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles de su jurisdicción; POR TANTO: En base a lo considerado y con el ejercicio pleno de las facultades que confiere y otorga los artículos: 253 y 254 de la Constitución Política de la República, 3, 5, 9, 33, 35, 38, 39, 40, 41,42 del decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal Vigente y sus reformas, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 10 del Decreto 15-98 del Congreso de la República de Guatemala Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles y Acuerdo Ministerial 65-2004 del Ministerio de Finanzas Públicas, El Concejo Municipal por UNANIMIDAD, del total de sus miembros ACUERDA:

 
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