ACTA MUNICIPAL 33-2020.5
Se acuerda reformar el Reglamento del mercado municipal mega plaza municipal norte, del Municipio de Esquipulas, Chiquimula.
ACTA NÚMERO 33-2020 PUNTO QUINTO
El INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE ESQUIPULAS, DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.
CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas No. 84, de Sesiones del Concejo Municipal, en el cual aparece asentada el Acta número 33-2020 de fecha tres de agosto del año dos mil veinte, en donde aprobaron el punto resolutivo número QUINTO, el que copiado literalmente establece: "QUINTO: El Concejo Municipal del municipio de Esquipulas, del departamento de Chiquimula,
CONSIDERANDO:
En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de los fines que le son inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda.
CONSIDERANDO:
El Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la autonomía del municipio. Se integra por el alcalde, los síndicos y los concejales, todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 35 del Código Municipal, regula que es atribución del Concejo Municipal, la emisión de los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus Dependencias, Empresas y Unidades de Servicios Administrativos.
CONSIDERANDO:
Que existe un reglamento vigente que regula el funcionamiento del Mercado Municipal Mega Plaza Municipal Norte, el cual establece que el mismo puede modificarse a criterio del Concejo Municipal, con el fin de que el mismo se adecue a las necesidades del servicio, por lo que se hace necesaria su actualización a efecto de adecuarlo a las necesidades actuales, por lo que es de suma importancia modificarlo a través de la reforma correspondiente.
POR TANTO:
Con fundamento en las disposiciones constitucionales y disposiciones legales citadas y en base a lo que preceptúan los artículos 3, 5, 7, 8 literal f); 9, 13, 33, 35 literales a), e), i), n), z); 40, 41, 42, 68 literales a), c), e), m); 72, 73, del Código Municipal Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas; el Concejo Municipal del Municipio de Esquipulas, del Departamento de Chiquimula, por unanimidad de votos de sus integrantes, ACUERDA:
Aprobar las siguientes REFORMAS AL REGLAMENTO DEL MERCADO MUNICIPAL MEGA
PLAZA MUNICIPAL NORTE, DEL MUNICIPIO DE ESQUIPULAS, CHIQUIMULA.
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