ACTA MUNICIPAL 30-2020.5
Reglamento para la administración y funcionamiento de los servicios de agua potable y alcantarillado del Municipio de San Miguel Tucurú, Departamento de Alta Verapaz.
ACTA NÚMERO 30-2020 PUNTO QUINTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL TUCURÚ, DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DE HOJAS MÓVILES DEL CONCEJO MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO TREINTA GUION DOS MIL VEINTE (30-2020) DE REUNIÓN ORDINARIA, DE FECHA DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE, EN LAQUEEN SU PUNTO QUINTO, LITERALMENTE DICE:
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL TUCURÚ
DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL TUCURÚ, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que a pesar de que en el Municipio de San Miguel Tucurú se presta el servicio público municipal de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, es necesario emitir un reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, uso y los derechos y deberes de la Municipalidad y los vecinos al respecto.
POR TANTO:
El Concejo Municipal, con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal (Decreto 12-2,002 del Congreso de la República de Guatemala), por unanimidad:
ACUERDAN:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE AGUA
POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL TUCURÚ, DEPARTAMENTO DE
ALTA VERAPAZ.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
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