ACTA MUNICIPAL 20-2020.3
Reglamento para la prestación del servicio de agua potable del Municipio de El Adelanto, Departamento de Jutiapa.
ACTA No. 20-2020 PUNTO TERCERO
El Infrascrito Secretario Municipal del municipio de El Adelanto, departamento de Jutiapa; CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas Número 17, de Sesiones del Concejo Municipal, en el cual a folios del número 182 al 187, se encuentra el Acta No. 20-2020, de Sesión Publica Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal, con fecha seis de mayo de dos mil veinte, en donde aparece el punto que copiado literalmente dice:
"TERCERO: El Honorable Concejo Municipal del municipio de El Adelanto, departamento de Jutiapa;
CONSIDERANDO:
Que es competencia municipal el abastecimiento domiciliario de agua potable debidamente clorada;
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar con un Reglamento para la prestación del servicio de agua potable, para ejercer un mejor control que tienda a regular, garantizar el servicio, calidad y funcionamiento del mismo;
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Concejo Municipal, "El establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos";
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Concejo Municipal, "La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales";
POR TANTO:
En uso de las facultades que les confiere los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos, 35 incisos a), i), 72 del Código Municipal;
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE EL
ADELANTO, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.
I. BASE LEGAL:
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