ACTA MUNICIPAL 47-2018.3
Reglamento de transporte colectivo, de carga y de prestación de servicio de transporte de personas por medio de taxis y mototaxis Municipalidad de Nueva Santa Rosa Departamento de Santa Rosa.
ACTA No. 47-2018 PUNTO TERCERO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE NUEVA SANTA ROSA, DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA.
CERTIFICA:
Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias No. 20 que celebra el Honorable Concejo Municipal de este lugar donde se encuentra asentada el acta No. 47-2018 de fecha veinte de noviembre del año dos mil dieciocho, en la cual el punto tercero copiado literalmente establece:
TERCERO: REGLAMENTO DE TRANSPORTE COLECTIVO, DE CARGA Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIO
DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR MEDIO DE TAXIS Y MOTOTAXIS MUNICIPALIDAD DE NUEVA
SANTA ROSA DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA
CONSIDERANDO:
Que por imperativo constitucional, les corresponde a las Municipalidades del país la prestación de servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios y la necesidad que tiene el municipio de NUEVA SANTA ROSA departamento de SANTA ROSA, regular y ordenar el transporte dentro de su jurisdicción y cumplir sus fines propios de tránsito; y siendo atributo de la Corporación Municipal la emisión de reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus dependencias de servicio.
CONSIDERANDO:
La necesidad que se tiene de regular el transporte de pasajeros y carga es imperante la aprobación del Reglamento de Transporte de pasajeros y Carga.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 224 y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1,2,3,5,9,35 incisos a), b), d), i) y z), 67, 68, inciso d), 72, 142 inciso a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso del República, 31, 32 Ley de Tránsito, Artículo 186.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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