ACUERDO  9-2020

Se Acuerda Declarar Electos, Para El Período Que Culminará El Veinte De Febrero De Dos Mil Veintitrés, Como Miembros Titular Y Suplente Para Integrar El Directorio Del Registro Nacional De Las Personas, A Los Siguientes Profesionales.


ACUERDO NÚMERO 9-2020


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 9 del Decreto Número 90-2005 del Congreso de la República, Ley del Registro Nacional de las Personas, el Directorio de dicha entidad estará integrado por un magistrado del Tribunal Supremo Electoral, el ministro de Gobernación y un miembro electo por el Congreso de la República.


CONSIDERANDO:

Que habiendo finalizado el procedimiento para la elección de un miembro titular y un suplente, representantes del Congreso de la República ante el Directorio del Registro Nacional de las Personas, y luego de conocer la nómina final de postulantes propuesta por la comisión integrada por tres diputados, todos miembros de distintos bloques legislativos, a efecto que por mayoría simple de votos este Organismo de Estado proceda a la elección correspondiente.


CONSIDERANDO:

Que el Pleno del Congreso de la República ha efectuado la designación de los profesionales que en representación de este Organismo de Estado fungirán como integrantes del Directorio del Registro Nacional de las Personas, siendo procedente emitir el instrumento que los declare electos como miembros titular y suplente de ese órgano, respectivamente.


POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 9 del Decreto Número 90-2005 del Congreso de la República, Ley del Registro Nacional de las Personas y 106 del Decreto Número 63-94 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Organismo Legislativo,


ACUERDA:

 
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