ACUERDO GUBERNATIVO 3-2020
Conceder Permiso Laboral Con Goce De Salario A Los Servidores Públicos De Las Entidades Centralizadas Y Descentralizadas De La Administración Pública.
*Derogado por el artículo 1 del Acuerdo Gubernativo 15-2020
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 3-2020
Guatemala, 6 de enero de 2020
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, confiere las funciones y atribuciones al Presidente del Organismo Ejecutivo, quien por disposición de la ley es la autoridad administrativa superior y ejerce la máxima jerarquía en materia de servicio civil, correspondiéndole otorgar las condiciones que permitan a los servidores públicos ejercer sus derechos.
CONSIDERANDO:
Que el día 14 de enero del año en curso se llevará a cabo la transmisión de mando presidencial en nuestro país, por lo que se estima conveniente conceder permiso a los servidores públicos para que no asistan a sus labores, con el propósito de que puedan participar en las actividades programadas para dicho acontecimiento.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren el artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Servicio Civil, Decreto Número 1748 del Congreso de la República.
ACUERDA:
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