ACUERDO 15-2019
Se Acuerda Aprobar La Modificación Al Plan De Tarifas Portuarias De La Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás De Castilla.
ACUERDO No. 15-2019
JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA PORTUARIA
NACIONAL SANTO TOMÁS DE CASTILLA
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla, es una entidad del Estado que goza de autonomía para operar de acuerdo con su naturaleza y sus fines, es una Empresa descentralizada, dotada de personalidad jurídica propia, con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, sin más limitaciones que las impuestas por la leyes de la materia; cuyos fines consisten en administrar y proporcionar los servicios de embarque y desembarque de pasajeros, carga, descarga y transferencia de mercancías y servicios conexos y que tales servicios se cobrarán de conformidad con las tarifas respectivas, de conformidad a lo establecido en el Decreto 4-93 del Congreso de la República, que contiene la Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla.
CONSIDERANDO:
Que es competencia de la Autoridad Superior de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla, previo estudio y análisis efectuado por personal técnico de la Empresa, modificar las Tarifas por la Prestación de Servicios Portuarios con el objeto de eficientizar y hacer más rentables los servicios que presta la Empresa.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 19 y 20 del Decreto 4-93 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla, y artículo 13 del Acuerdo de Junta Directiva número 012-2007 de fecha uno de agosto de dos mil siete.
ACUERDA:
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