ACTA MUNICIPAL  39-2019.5

Reglamento Para El Uso De Instalaciones Deportivas Y Recreativas Municipales, Municipio De San Cristóbal Totonicapán, Departamento De Totonicapán.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD AUTÓNOMA DEL MUNICIPIO DE SAN CRISTÓBAL TOTONICAPÁN, DEPARTAMENTO DE TOTONICAPAN; CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LEGAJO DE HOJAS MÓVILES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, QUE SE ADMINISTRAN EN ESTE DESPACHO, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA ORDINARIA NÚMERO: TREINTA Y NUEVE GUIÓN DOS MIL DIECINUEVE (39-2019) DE FECHA VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (26/09/2019), EN LA CUAL FIGURA EL PUNTO: QUINTO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE: REGLAMENTO PARA EL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS MUNICIPALES, MUNICIPIO DE SAN CRISTÓBAL TOTONICAPÁN, DEPARTAMENTO DE TOTONICAPÁN.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios son instituciones autónomas, derivado de lo cual les corresponde entre otras funciones, el cumplimiento de sus fines propios, y para el efecto emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo preceptuado en la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como finalidad principal, el desarrollo integral de la persona humana y determina como una obligación del Estado, procurar el bienestar físico, mental y social, así como velar porque sea elevado el nivel de vida de los habitantes del país y contribuir al bienestar de la familia.


CONSIDERANDO:

Que la municipalidad del municipio de San Cristóbal Totonicapán, en uso de la autonomía que le confiere al municipio, la Constitución Política de la República de Guatemala; velara por crear, modificar y cumplir normas de uso, manejo y protección de instalaciones deportivas y recreativas, específicamente las del Complejo Deportivo Municipal "Álamos del Samalá", San Cristóbal Totonicapán.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, el Concejo Municipal, emitirá tos reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas y dependencias, toda vez que los polideportivos propiedad de esta municipalidad, carecen de una normativa que regule las acciones de los usuarios, para lograr la armonía entre la práctica del deporte y la conservación de sus instalaciones.


POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 253 último párrafo de la Constitución Política de la República de Guatemala; 34 y 35 inciso z) del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala(Código Municipal) y sus reformas.


ACUERDA

REGLAMENTO PARA EL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS MUNICIPALES,
MUNICIPIO DE SAN CRISTÓBAL TOTONICAPÁN, DEPARTAMENTO DE TOTONICAPÁN,

el cual se establece de la siguiente manera.


TITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

 
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