ACUERDO MINISTERIAL 3504-2019
Se Acuerda Aprobar Las Diligencias De Aplicación Del Acuerdo Gubernativo Número Ochocientos Noventa Guion Noventa Y Nueve, Que Contiene El Reglamento Para La Adquisición Y Administración De Bienes Inmuebles Adscritos Al Ministerio De Educación.
ACUERDO MINISTERIAL No. 3504-2019
Guatemala, 29 de noviembre de 2019
EL MINISTRO DE EDUCACION
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna, para lo cual es necesaria la construcción de edificios e instalaciones escolares para centros oficiales, así como garantizar su funcionamiento en beneficio del desarrollo educativo.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley de Educación Nacional, los propietarios de lotificaciones en centros urbanos, suburbanos o rurales, otorgarán en propiedad al Estado, terreno suficiente y adecuado para la construcción de edificios escolares y áreas recreativas. Los artículos dos y tres del Acuerdo Gubernativo número ochocientos noventa guion noventa y nueve, que contiene el Reglamento para la Adquisición y Administración de Bienes Inmuebles adscritos al Ministerio de Educación, establecen que cuando las circunstancias o la naturaleza del proyecto habitacional resulte inadecuado o imposible la construcción de un centro educativo, el propietario de la lotificación, urbanización o fraccionamiento solicitará al Ministerio de Educación se le autorice adquirir un terreno de similares condiciones y dimensiones en el lugar que determine dicho ministerio, presentando como alternativa de solución al caso mencionado, cuando así convenga a los intereses del Ministerio de Educación, requerir a los propietarios de las lotificaciones, urbanizaciones o fraccionamientos, que construyan una escuela en el terreno que el Ministerio determine.
CONSIDERANDO:
Que en el presente caso, la entidad Corporación El Refugio. Sociedad Anónima, a través de su Representante Legal, ha solicitado al Ministerio de Educación la aplicación de la normativa citada, en el sentido de sustituir el área escolar originalmente a ceder del Proyecto "Residencial Los Olivos Zona 18", ubicado en zona 18 del municipio y departamento de Guatemala por la inversión en infraestructura de la Escuela Oficial Rural Mixta Caserío Loma El Carmen, del municipio de Tajumulco, departamento de San Marcos; estableciendo el monto de construcción en un millón seiscientos doce mil veintitrés quetzales con ochenta y cuatro centavos (Q 1,612.023 84), conforme avalúo comercial número cero cero nueve guion dos mil dieciocho guion jajc (009-2018-jajc), practicado por el valuador autorizado según registro MFP guion mil ciento diez guion J guion dos mil once (MFP-1.110-J-2011), bajo los lineamientos de construcción contenidos en el perfil del Proyecto Educativo mencionado ambos elaborados por la Dirección de Planificación Educativa -DIPLAN- del Ministerio de Educación, que obran en el expediente respectivo: por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, incisos a), f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 10 y 11 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 8, 9 y 10 del Acuerdo Gubernativo número 890-99, Reglamento para la Adquisición y Administración de Bienes Inmuebles adscritos al Ministerio de Educación.
ACUERDA:
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