ACTA MUNICIPAL  84-2019.3

Reglamento Para El Transporte Colectivo De Buses, Microbuses, Minibuses, Pick-Ups Fleteros, Taxis, Moto-Taxis Y Otros Vehículos De Cuatro Ruedas Con Motores.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA APOLONIA, DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

CERTIFICA: Tener a la vista el libro de Actas Ordinarias del Concejo Municipal de Santa Apolonia, del departamento de Chimaltenango, que para el efecto se lleva en esta Municipalidad, en donde aparece inscrita el Acta ordinaria número ochenta y cuatro guión dos mil diecinueve (84-2019), de fecha catorce de noviembre del año dos mil diecinueve el cual contiene el punto TERCERO que copiado literalmente dice:

TERCERO: La Honorable Corporación Municipal del municipio de Santa Apolonia del departamento de Chimaltenango.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 3 del Código municipal establece que en el ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 del código municipal literales a), e), i), contemplan que son atribuciones del Concejo Municipal la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales, evaluación de los servicios públicos municipales, la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Municipal en los artículo 3, 33, 34, 35 en su literal i) en la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales, y el artículo 68 literal c) en lo que corresponde a la regulación del transporte de pasajeros y carga, y sus terminales locales, al resolver por unanimidad de votos.


ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE COLECTIVO DE BUSES, MICROBUSES, MINIBUSES, PICK-UPS FLETEROS,
TAXIS, MOTO-TAXIS Y OTROS VEHÍCULOS DE CUATRO RUEDAS CON MOTORES HASTA 300 CENTÍMETROS CÚBICOS
QUE FUNCIONEN EN EL MUNICIPIO DE SANTA APOLONIA,
DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.


I.DISPOSICIONES GENERALES

 
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