ACTA MUNICIPAL  64-2019.6

Se acuerda emitir las reformas a la ordenanza de las vías públicas municipales preestablecidas y por establecer como rutas de conducción subterránea para la prestación de los servicios de telecomunicaciones, datos y otros.

*Derogada por el numeral romano II) del Acta Municipal 32-2,024.6


ACTA NÚMERO 64-2,019

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCIA COTZUMALGUAPA, DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA. CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Acta Número sesenta y cuatro guion dos mil diecinueve (64-2,019). Sesión pública ordinaria, Celebrada por el Honorable Concejo Municipal, del Municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, Escuintla, el día martes veintisiete de agosto del año dos mil diecinueve, en la que aparece el punto resolutivo que copiado en su parte conducente, literalmente dice:

SEXTO:... El Concejo Municipal del Municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, del Departamento de Escuintla. CONSIDERANDO: Que establece el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que: Autonomía Municipal. Los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: a) Elegir a sus propias autoridades; b) Obtener y disponer de sus recursos; y c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que establece el artículo 3 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, que: En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Para el cumplimiento de los fines que le son inherentes coordinará sus políticas con las políticas generales del Estado y en su caso, con la política especial del ramo al que corresponda. Ninguna ley o disposición legal podrá contratar, disminuir o tergiversar la autonomía municipal establecida en la Constitución Política de la República. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal del Municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, departamento de Escuintla, aprobó mediante punto noveno del Acta Número cuarenta y nueve guion dos mil nueve (49-2009) de fecha uno (1) de julio del año dos mil nueve (2009), la ORDENANZA DE LAS VIAS PUBLICAS MUNICIPALES PREESTABLECIDAS Y POR ESTABLECER COMO RUTAS DE CONDUCCIÓN SUBTERRANEA PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, TELEVISION POR CABLE, INTERNET, TELEFONIA, JUEGOS, DATOS Y OTROS, por lo que se hace necesario realizar las modificaciones y correcciones pertinentes. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 6, 9, 33, 35 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal,.... por mayoría. ACUERDA:

emitir las reformas a la ORDENANZA DE LAS VIAS PUBLICAS
MUNICIPALES PREESTABLECIDAS Y POR ESTABLECER COMO RUTAS DE
CONDUCCIÓN SUBTERRANEA PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIONES, TELEVISION POR CABLE, INTERNET,
TELEFONIA, JUEGOS, DATOS Y OTROS.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 2,076 veces.
  • Ficha Técnica: 32 veces.
  • Imagen Digital: 32 veces.
  • Texto: 32 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 2 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu