ACUERDO MINISTERIAL  749-2019

Se Acuerda Publicar El Presente Acuerdo Ministerial, En El Que Se Da A Conocer La Resolución De La Instancia Ministerial-UA No. 69-2019, De Fecha 27 De Septiembre De 2019.

*Derogar el numeral 1 de la Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 69-2019, por el numeral 2 del Acuerdo Ministerial 705-2020


ACUERDO MINISTERIAL No. 749-2019

Guatemala, 11 de noviembre de 2019


EL MINISTRO DE ECONOMIA


CONSIDERANDO:

Que conforme a los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- y en el marco del proceso de Unión Aduanera Guatemala-Honduras, mutatis mutandis, las resoluciones, reglamentos y acuerdos de la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera serán depositados en la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana y entrarán en vigor en la fecha en que se adopten, salvo que en los mismos se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;


CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 69-2019 de fecha 27 de septiembre de 2019, la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera entre la República de El Salvador, la República de Guatemala y la República de Honduras, modificó el numeral 1 de la Resolución de Instancia Ministerial-UA No. 42-2018 del 10 de octubre de 2018 en cuanto al plazo en que entrará en vigor el Procedimiento para amparar con la Factura y Declaración Única Centroamericana (FYDUCA) las transferencias y adquisiciones de mercancías no exceptuadas de la libre circulación a los regímenes del Decreto No. 37-84 del 20 de diciembre de 1984 de la República de Honduras y sus reformas y del Decreto 29-89 del 23 de mayo de 1989 de la República de Guatemala y sus reformas;


POR TANTO,

En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo,


ACUERDA:

 
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