ACTA MUNICIPAL  03-2019.3

Reglamento Para La Administración, Operación Y Mantenimiento Del Servicio De Agua Potable De La Municipalidad De El Chal, Del Departamento De Peten.

LA INFRASCRITA SECRETARÍA MUNICIPAL DE EL CHAL, DEPARTAMENTO DE PETEN, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO NÚMERO UNO (1) DE HOJAS MOVILES, AUTORIZADAS POR CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS QUE CONTIENE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE EL CHAL, DEPARTAMENTO DE PETEN, EN DONDE APARECE ASENTADA EL PUNTO TERCERO ACTA NUMERO 03-2019, DE FECHA ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE, DE SESION EXTRAORDINARIA, LA QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

ACTA No. 03-2019: Sesión Pública Extraordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal de El Chal, departamento de Petén, siendo las diecisiete horas con cinco minutos del día viernes once de febrero del dos mil diecinueve, reunidos en el Despacho Municipal el señor Santos Martínez Martínez, Alcalde Municipal quien preside la Reunión, asistido por el Síndico Municipal Primero Nelson Verosalin Gaspar Hernández, Síndico Municipal Segundo Tobías Corado Zuñiga, Concejal Municipal Primero Leonardo Mateo Hernández, Concejal Municipal Segundo José Adrián Esquivel Sarceño, Concejal Municipal Tercero Miguel Felipe García Solares, Concejal Municipal Cuarto Arlette Siomara Guebara de León, así como la Secretaría Municipal que suscribe. TERCERO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de El Chal, departamento de Petén.


CONSIDERANDO:

Que por mandato Constitucional en el artículo 253 de la constitución de la república los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas y que entre sus funciones les corresponde: Obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal establece que el municipio se organiza para la realización del bien común de sus habitantes, y que dentro de sus competencias propias instituye el abastecimiento domiciliario de agua potable debidamente clorada, así como la de regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y que por lo tanto tiene facultad para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, y en su caso, la determinación y cobro de tasas o contribuciones equitativas y justas.


CONSIDERANDO:

Que es atribución del Concejo Municipal, la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y la emisión de las ordenanzas municipales.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 253 inciso b y c, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 9, 17, 34, 35, 68, 72, 73, 78, 150, 151, 152, 154, 161, 182, 165, 186, 167, 168, 169 y 170 del Decreto 12-2002 Código Municipal y sus modificaciones.


ACUERDA:

Emitir el Presente


REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA POTABLE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CHAL, DEL DEPARTAMENTO DE PETEN.


I. DEL SERVICIO EN GENERAL

 
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