ACUERDO MINISTERIAL 75-2019
Se Acuerda Declarar Como Patrimonio Cultural De La Nación, El Bien Inmueble Ubicado En La Avenida Reforma 6-74, Zona 9, Ciudad Guatemala.
*Derogado por el artículo 1 del Acuerdo Ministerial 26-2023
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 75-2019
Guatemala, 30 de enero de 2019
LA VICEMINISTRA DE PATRIMONIO CULTURAL Y
NATURAL EN FUNCIONES DE MINISTRA DE CULTURA Y DEPORTES
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional, emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación y establecer la normativa jurídica de protección, conservación, vigilancia y mantenimiento de los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2 del Decreto Número 26-97, reformado por Decreto número 81-98 ambos del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación, los Bienes e Instituciones que por ministerio de Ley o por declaratoria de autoridad, lo integran y constituyan bienes muebles o inmuebles, públicos y privados, relativos a la paleontología, arqueología, historia, antropología, arte, ciencia y tecnología, y cultura en general, incluido el patrimonio intangible, que coadyuven al fortalecimiento de la identidad nacional.
CONSIDERANDO:
Que el bien inmueble ubicado en la Avenida Reforma 6-74, zona 9, Ciudad de Guatemala, inscrito en el Registro General de la Propiedad bajo el número de Finca 30048, Folio 129, del Libro 268 de Guatemala; propiedad de Inversiones Rokosé, Sociedad Anónima, posee características históricas, estilísticas, arquitectónicas y de valor patrimonial por encontrarse ubicado dentro del Conjunto Histórico bajo la Categoría Patrimonial "C".
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural del Ministerio de Cultura y Deportes, por medio de sus Unidades Técnicas, al realizar la investigación de la petición formulada mediante Opinión Técnica número 5-2018/BI, de fecha 18 de junio de 2018, emitida por el Registro de Bienes Culturales; Opinión Técnica número 079-2018 de fecha 3 de agosto de 2018, emitido por el Departamento de Conservación y Restauración de Bienes Culturales -DECORBIC-; Dictámenes Técnicos números 231-2018 y 4-2019, de fechas 31 de agosto de 2018 y 8 de enero de 2019, respectivamente; Dictamen Jurídico número DAJ-72-2018, de fecha 13 de septiembre de 2018, emitido por la Delegación de Asuntos Jurídicos; todos de la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural del Ministerio de Cultura y Deportes, determinaron que es procedente declarar como Patrimonio Cultural de la Nación, el Bien Inmueble ubicado en la Avenida Reforma 6-74, zona 9, Ciudad Guatemala; y por ser estrictamente de interés general para el Estado, se emite la presente disposición legal.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y con fundamento en los Artículos 57, 59, 60, 61, 65 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2, 25, 26 y 28 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, Decreto Número 26-97 y sus reformas Decreto Número 81-98 del Congreso de la República de Guatemala; 7 del Acuerdo Gubernativo número 27-2008 de fecha 10 de enero de 2008, Reglamento Orgánico del Ministerio de Cultura y Deportes; y Acuerdo Ministerial Número 52-2019 de fecha 24 de enero de 2019.
ACUERDA:
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