ACTA MUNICIPAL 63-2018
Reglamento Para La Prestación Del Servicio De Mototaxis Y Minitaxis Del Municipio De Concepción Chiquirichapa, Del Departamento De Quetzaltenango.
MUNICIPALIDAD DE
CONCEPCIÓN CHIQUIRICHAPA,
DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO
Acta número sesenta y tres guión dos mil dieciocho (63-2018). Sesión Extraordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal del municipio de Concepción Chiquirichapa del departamento de Quetzaltenango; siendo las diecisiete (17:00) horas del día tres de diciembre de dos mil dieciocho (03/12/2018). Reunidos en el Salón dé Honor de la Municipalidad; presidido por el señor Alcalde Municipal: Rafael Martín Hernández Cardona; Síndicos Municipales I y II: Santiago Braulio Cabrera y Lucas Cabrera Molina; Concejales del primero al cuarto en su orden señores: Bernabé Cabrera Juárez, Víctor Moisés López Lorenzo, Rumualdo López Juárez y Marta Antonína Sánchez Mendez de Lopez, y Secretario Municipal: Lic. Adrián Velásquez Lorenzo, para dejar constancia de lo siguiente: Primero: El señor Alcalde Municipal declara abierto la sesión. Segundo: Se procede con la lectura del acta anterior, quedando aprobado. Tercero:........ Quinto: El señor Alcalde Municipal en uso de la palabra le manifiesta al Honorable Concejo Municipal sesionante e indicando CONSIDERANDO: Que la constitución política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: a) Elegir a sus propias autoridades; b) obtener y disponer de sus recursos; y c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que el código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, y en su caso, la determinación y cobros equitativos y justos. Los cobros para su funcionamiento deberán ser fijados atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que el servicio de Mototaxi y Minítaxi que operan dentro de esta circunscripción territorial no ha sido reglamentado, y que su control debe adecuarse de tal manera que exista orden para la seguridad integra del translado de personas sin riesgo y peligro, logrando con esta norma la coordinación entre las autoridades municipales, prestadoras del servicio y usuarios. POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere los artículos: 253, 254, y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y 3, 9, 35 incisos b) e) i), 74 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; previa deliberación por unanimidad de votos ACUERDAN emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE MOTOTAXIS Y MINITAXIS DEL MUNICIPIO DE CONCEPCIÓN
CHIQUIRICHAPA, DEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.
CAPITULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.
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