ACTA MUNICIPAL 19-2018.2
Reglamento Municipal De Autorización De Funcionamiento De Establecimientos Comerciales, Industriales Y De Servicios Abiertos Al Público En El Municipio De Santo Tomas La Unión, Suchitepéquez.
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTO TOMÁS LA UNIÓN, DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ. CERTICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN EL QUE APARECE EL ACTA NUMERO 19-2018 DE FECHA DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, DONDE SE APROBÓ EL PUNTO SEGUNDO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE;
"SEGUNDO:El Honorable Concejo Municipal en pleno: CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos. CONSIDERANDO: Que el Código Municipal establece en su artículo 35 literal z) que es una atribución del Concejo Municipal: "Emitir el dictamen favorable para la autorización de establecimientos que por su naturaleza estén abiertos al público, sin el cual ninguna autoridad podrá emitir la licencia respectiva "CONSIDERANDO: Que para el efectivo control de los establecimientos comerciales, industriales y de servicios abiertos al público en el municipio de Santo Tomas La Unión, Suchitepéquez se hace necesario llevar registro y razón dentro de los expedientes de mérito de la Oficina de Servicios Públicos Municipales y tomando en cuenta que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el régimen económico y social se funda en principios de justicia social, además es obligación del Estado orientar la economía nacional, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional. POR TANTO: Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 7, 9, 33, 35 literales a), b), d), e), i), z), 142 y 143 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República. Acuerda. Emitir el siguiente.
REGLAMENTO MUNICIPAL DE AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES,
INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS ABIERTOS AL PÚBLICO EN EL MUNICIPIO
DE SANTO TOMAS LA UNIÓN, SUCHITEPÉQUEZ.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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