ACTA MUNICIPAL 248-2018.4
Reglamento Específico Para Establecimientos De Expendio De Bebidas Alcohólicas Y Fermentadas O Destiladas En El Municipio De Mixco, Departamento De Guatemala.
MUNICIPALIDAD DE MIXCO
SECRETARÍA MUNICIPAL
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MIXCO,DEPARTAMENTO DE GUATEMALA, CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el punto CUARTO del acta número DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO guion DOS MIL DIECIOCHO, de la Sesión Pública Extraordinaria del Honorable Concejo Municipal de Mixco, departamento de Guatemala, celebrada el veinte de diciembre de dos mil dieciocho, el cual en su parte conducente dice: "CONSIDERANDO: Que por mandato Constitucional, los Municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones, la de atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la elaboración, aprobación y ejecución de Reglamentos y ordenanzas de urbanismo; CONSIDERANDO: Que el decreto 56-95 del Congreso de la República de Guatemala, faculta a las Municipalidades de la República para que delimiten y establezcan áreas o espacios físicos que pueden ser utilizados para el establecimientos abiertos al público. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo que establece el Código Municipal y la ley de Descentralización, las Municipalidades tienen facultad de emitir ordenanzas y reglamentos. POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 255, de la Constitución Política de la República; y los artículos 3, 4, 33, 35, 42, 100, 101, 106 y 147 del Código Municipal. Por lo que el Honorable Concejo Municipal por UNANIMIDAD de votos; ACUERDA:
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