ACUERDO GUBERNATIVO  211-2018

Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos Del Instituto Técnico De Capacitación Y Productividad -INTECAP- Para El Ejercicio Fiscal Comprendido Del Uno De Enero Al Treinta Y Uno De Diciembre De Dos Mil Diecinueve.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 211-2018

Guatemala, 14 de diciembre de 2018


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-. con base en lo que establece el Decreto Número 17-72 del Congreso de la República de Guatemala. Ley Orgánica del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad -INTECAP-. literal d), numeral I, Artículo 18, mediante el Punto Quinto, del Acta Número 19-2018 del 16 de mayo de 2018, avala el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Entidad para el Ejercicio Fiscal dos mil diecinueve, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO

Qne se han cumplido los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 814 de fecha 12 DIC 2018 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución Número 474de lecha 13-12-2018, del Ministerio de Finanzas Públicas.

POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Articulo 183. literal e) y con fundamenten lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40. así como lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Artículo 43 del Reglamento de la citada Ley.

ACUERDA

 
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