ACUERDO 58-2018
Se Acuerda Modificar El Artículo 8 Del Acuerdo 40-2017 De La Corte Suprema De Justicia.
ACUERDO NÚMERO 58-2018
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales creados, específicamente distribuir la competencia por razón de la materia, cuantía y territorio.
CONSIDERANDO
Que en Acuerdo número 40-2017 de la Corte Suprema de Justicia se estableció gradualmente la implementación del procedimiento para delitos menos graves en los juzgados de paz de Guatemala, por lo que se implementaron cinco fases que abarcan diversas circunscripciones territoriales, derivado de la misma y para alcanzar los fines de una pronta y cumplida administración de justicia se hace necesario definir específicamente la competencia de las Salas de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el ambiente dentro de dicho procedimiento de delitos menos graves.
POR TANTO
La Corte Suprema de Justicia, con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 20, 51, 203, 205, 207 y 214 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 51, 53, 54 literales a) y f) , 57, 58, 74, y 77 de la Ley del Organismo Judicial; e integrada como corresponde,
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