ACTA MUNICIPAL 36-2018.4
Reglamento Para La Prestación Del Servicio De Mercado Municipal En La Cabecera Municipal, De Fray Bartolomé De Las Casas, Alta Verapaz.
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ.
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro número 42 de Actas y Acuerdos de la Corporación Municipal, en el cual aparece asentada el Acta Número 36-2018, de fecha treinta de abril del año dos mil dieciocho, donde se aprobó el punto CUARTO, que copiado literalmente dice:
"CUARTO: La señora Alcaldesa Municipal presenta al pleno del honorable Concejo, la propuesta para la modificación del REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MERCADO MUNICIPAL DE FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, ALTA VERAPAZ, vigente según Acuerdo Municipal asentado en punto CUARTO del Acta No 96-2016. El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que con la aprobación del nuevo Plan de Tasas municipales se hace necesario de igual manera hacerle las modificaciones de forma que se consideren pertinentes al REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MERCADO MUNICIPAL DE FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, ALTA VERAPAZ. CONSIDERANDO: Que es competencia del Concejo Municipal, el establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, procurando siempre la preeminencia de los intereses públicos, sobre los particulares, POR TANTO: En base a lo considerado y, fundamentados en lo que para el efecto establecen los Artículos 2, 3, 5, 7, 9, 35, literales a), e), i), n), del Decreto 12-2002, del Congreso de la República, -Código Municipal-, reformado por el Artículo 7, del Decreto 22-2010, del Congreso de la República, por decisión unánime, ACUERDA: Aprobar el siguiente
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE MERCADO MUNICIPAL EN LA CABECERA MUNICIPAL,
DE FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, ALTA VERAPAZ,
el cual está contenido en los artículos siguientes:
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