ACUERDO GUBERNATIVO  95-2018

Se Acuerda Aprobar La Ampliación Del Presupuesto De Ingresos Del Instituto De Previsión Militar -IPM-, Correspondiente Al Ejercicio Fiscal 2018, En La Cantidad De Dos Millones Setecientos Noventa Y Tres Mil Quinientos Treinta Y Seis Quetzales (Q2,793,536)


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 95-2018

Guatemala, 21 de mayo de 2018


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.

CONSIDERANDO

Que por medio del Acuerdo Gubernativo de Presupuesto número 1-2018 del 15 de febrero de 2018, se aprobó en el presupuesto vigente del Ministerio de la Defensa Nacional una ampliación por el monto de Q65,000,000 dentro de la cual, se incluyó la cantidad de Q2,793,536 con fuente de financiamiento 11 Ingresos corrientes, para cumplir con la totalidad del aporte al Instituto de Previsión Militar para hacer efectivo el pago del Bono Catorce a los pensionados del régimen militar.

CONSIDERANDO

Que el Instituto de Previsión Militar -IPM-, solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos del presente ejercicio fiscal por la cantidad de Q2,793,536 para completar la asignación destinada al pago del Bono Catorce a oficiales, especialistas y beneficiarios del Régimen Militar.

CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo que establece el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Instituto de Previsión Militar -IPM-serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta del crédito aprobado con el presente Acuerdo Gubernativo.

CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 249 de fecha 14 MAY 2018, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 136 de fecha 16-05-2018, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); lo que indica el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44.


ACUERDA

 
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