ACTA MUNICIPAL 010-2018.4
PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE PETATÁN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.
*Derogada por el artículo 21, del Acta Municipal número 049-2022.6
El Infrascrito Secretario Municipal del Municipio de Petatán, Departamento de Huehuetenango, CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Hojas Movibles de Actas de Sesiones Ordinarias, que para el efecto se lleva en esta Secretaría Municipal, en el cual aparece asentado el Punto Cuarto del Acta No. 010-2018, de fecha nueve de marzo del año dos mil dieciocho, que copiado literalmente dice:
"CUARTO: El Honorable Concejo Municipal de Petatán, Departamento de Huehuetenango, CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que el Plan De Tasas, Rentas, Multas y Demás Tributos Del Municipio De Petatán, Departamento De Huehuetenango, quedó aprobado mediante Acta de Sesiones Extraordinaria Número: 005-2016, de fecha doce de junio del año dos mil dieciséis (12/06/2016), por lo que sus valores son necesarios actualizarlos para que se puedan cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el Artículo 33 del Código Municipal, Decreto Número: 12-2002 de conformidad con sus Reformas, del Congreso de la República de Guatemala, establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales. POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confiere los Artículo 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículos 3, 7, 9, 33, 35 incisos a), d), i), 38, 40, 42, 53, 54, 68, 72, 100, 101, 107 y 134 del Código Municipal, Decreto Número: 12-2002 de conformidad con sus Reformas, del Congreso de la República de Guatemala; y demás Leyes vigentes que sean aplicables a su naturaleza; el Concejo Municipal por unanimidad del total de miembros que legalmente lo integran, ACUERDA: I) Aprobar el siguiente
PLAN DE TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO DE PETATÁN,
DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DE LAS TASAS, RENTAS, MULTAS Y DEMÁS TRIBUTOS
- Buscado: 816 veces.
- Ficha Técnica: 20 veces.
- Imagen Digital: 20 veces.
- Texto: 19 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.