ACUERDO MINISTERIAL  340-2017

Se Aprueba La Utilización Dentro De La Herramienta Informática Denominada Sistema Informático De Gestión, -SIGES- el Módulo De Registro Contable (Hasta 2013).


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 340-2017

Guatemala, 27 de noviembre de 2017


EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO:

Que el artículo 66 del Decreto Número 50-2016 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete, establece que los saldos pendientes de regularizar de donaciones internas y externas anteriores a la entrada en vigencia del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, podrán ser regularizados contablemente conforme a la documentación de respaldo respectiva, en la herramienta informática correspondiente.


CONSIDERANDO:

Que en el Balance General de la Presidencia de la República, Ministerios de Estado, Secretarías y Otras Dependencias del Ejecutivo, que genera el Sistema de Contabilidad Integrada -Sicoin-, existen saldos pendientes de regularizar que no cuentan con asignación presupuestaria.


CONSIDERANDO:

Que los artículos 29 y 29 bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, establece que las autoridades superiores de las entidades públicas son responsables de la ejecución presupuestaria de la entidad, el archivo y custodia de los comprobantes de las transacciones presupuestarias, la documentación de soporte y del cumplimiento de los procesos legales y administrativos.


CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución Número DCE 02-2017 de fecha 9 de febrero de 2017 se emitió el procedimiento para las regularizaciones que corresponden a los saldos de las donaciones internas y externas anteriores a la entrada en vigencia del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 66 del Decreto Número 50-2016, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete.


POR TANTO:

Con fundamento en lo que establece el artículo 194 literal a), de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículo 27 literal m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; el artículo 66 del Decreto Número 50-2016, del Congreso de la República, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete.


ACUERDA:

 
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