ACUERDO MINISTERIAL 226-2017
Reglamento para la Administración de la Cuenta Única del Tesoro -CUT-.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 226-2017
Guatemala, 24 de julio de 2017
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 237 de la Constitución Política de la República de Guatemala, todos los ingresos del Estado constituyen un Fondo Común indivisible destinados exclusivamente a cubrir sus egresos, artículos 55 Bis y 57 Bis del Decreto número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto se establece que en el Fondo Común o Cuenta Única del Tesoro -CUT- se depositarán todos los ingresos del Estado y a través de él se harán todos los pagos con cargo a los créditos autorizados en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado del ejercicio fiscal correspondiente. La Tesorería Nacional realizará el pago de las obligaciones del Estado a través del Fondo Común-Cuenta Única Nacional directamente a quien corresponda;
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los artículos 59, 60, 67, 68, 69, 70 y 71 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, regula lo relacionado con la administración de la Cuenta Única del Tesoro -CUT-, transferencias a Entidades, registro de la titularidad de los recursos, programación de caja, liquidación de pagos. Indica que la implementación de la Caja Única se hará de conformidad con el procedimiento que establezca el Ministerio de Finanzas Públicas, quien aprobará las regulaciones, manuales de funcionamiento y programación de las Entidades que se incorporan. Por lo que es necesario emitir el Reglamento y Manual de Procedimientos de la Cuenta Única del Tesoro -CUT-, lo cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno;
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, 55 Bis y 57 Bis del Decreto número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto; 59, 60, 67, 68, 69, 70 y 71 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA CUENTA ÚNICA DEL TESORO -CUT-
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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