ACUERDO  36-2017

Se acuerda Ampliar el Acuerdo 19-2013 de la Corte Suprema de Justicia, relacionado con la facultad que tienen los Jueces de Primera Instancia Civil y de Familia y Jueces de Paz de toda la República, en el ámbito de sus competencias.


ACUERDO NÚMERO 36-2017


CONSIDERANDO:

Que la Corte Suprema de Justicia, ha promovido la aplicación de métodos alternativos de resolución de conflictos, implementando los centros de mediación del Organismo Judicial, para contribuir a disminuir la carga judicial y promover una cultura de paz y de diálogo, para encontrar soluciones rápidas, ecuánimes y económicas a los conflictos que entre particulares se presenten en las relaciones comerciales, laborales y civiles.


CONSIDERANDO:

Que la Corte Suprema de Justicia tiene la autoridad para emitir Acuerdos en materia jurisdiccional, para asegurar que la administración de Justicia sea pronta, cumplida y apegada a Derecho.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y lo que al respecto preceptúan los artículos 203, 205, 207, de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54 incisos a) y f), 57, 58, 66 inciso e) 77, 95 inciso e) y 104 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República de Guatemala, la Corte Suprema de Justicia integrada como corresponde,


ACUERDA:

 
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