ACUERDO GUBERNATIVO  1042-83

Conceder a favor de IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA, exoneración total del impuesto de consumo establecido por Decreto Ley 58.


ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 1042-83

Palacio Nacional: Guatemala, 16 de diciembre de 1983.


EL JEFE DE ESTADO,


CONSIDERANDO,

Que IBERIA, LINEAS AEREAS DE ESPAÑA, ha solicitado exoneración total del impuesto de consumo establecido por Decreto Ley número 58, sobre el combustible necesario para cumplir con sus requerimientos durante el período comprendido del 19 de julio al 31 de diciembre de 1982,


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que establece el Decreto 96-73 del Congreso de la República, el Organismo Ejecutivo, no obstante haberse suprimido las exoneraciones del impuesto que grava el consumo de productos derivados del petróleo, está facultado por razones plenamente justificadas, a otorgar exenciones del mencionado impuesto, y tomando en cuenta las disposiciones contenidas en el Convenio sobre Servicios Internacionales Regulares de Transporte Aéreo, suscrito entre los Gobiernos de la República de Guatemala y de España, firmado al 3 de mayo de 1971 y aprobado por Decreto 68-71 del Congreso de la República, es procedente otorgar la exoneración solicitada,


POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 49 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83; y con base en las disposiciones contenidas en la literal c), punto 3, Artículo VII del Convenio sobre Servicios Internacionales Regulares de Transporte Aéreo, suscrito entre los Gobiernos de Guatemala y de España, aprobado por Decreto 68-71 del Congreso de la República; y Artículos 39 del Decreto 96-73 del Congreso de la República; 49 y 59 de su Reglamento,


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