RESOLUCIÓN  CNEE-80-2017

Se resuelve aprobar el informe de Costos Mayoristas, aplicando lo establecido en la Resolución CNEE-77-2017 de fecha 24 de abril del 2017.


RESOLUCIÓN CNEE-80-2017

Guatemala, 27 de abril de 2017


LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA


CONSIDERANDO:

Que el artículo 4 de la Ley General de Electricidad, Decreto número 93-96 del Congreso de la República de Guatemala, establece que, entre otras, es función de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, cumplir y hacer cumplir dicha ley y sus reglamentos en materia de su competencia y definir las tarifas de transmisión y distribución sujetas a regulación.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 86 del Reglamento de la Ley General de Electricidad, preceptúa que antes del treinta y uno de marzo de cada año, el Administrador del Mercado Mayorista presentará a la Comisión el cálculo de los precios de energía y potencia para ser trasladados a las tarifas para cada uno de los Distribuidores, a efecto de que la Comisión Nacional de Energía Eléctrica apruebe o impruebe dicho cálculo.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 88 del Reglamento del Administrador del Mercado Mayorista, estipula que para el traslado de los costos y precios de energía y potencia a las tarifas de los usuarios regulados de los Distribuidores, el Administrador del Mercado Mayorista deberá elaborar el Informe de Costos Mayoristas, en las bandas horarias definidas y calculará el costo de la compra mayorista de energía en sus componentes de mercado a término y mercado de oportunidad, adicionando componentes de costos; asimismo la Norma de Coordinación Comercial número once, se refiere al Informe de Costos Mayoristas, indicando los componentes que deberá incluir.


CONSIDERANDO:

Que con fecha veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, el Administrador del Mercado Mayorista mediante nota identificada como GG-124-2017, remitió a esta Comisión el informe de Costos Mayoristas correspondiente al período comprendido del uno de mayo de dos mil diecisiete al treinta de abril de dos mil dieciocho, en cumplimiento del artículo 86 del Reglamento de la Ley General de Electricidad, informe que oportunamente la Comisión Nacional de Energía Eléctrica improbó mediante la Resolución CNEE-72-2017, de fecha diez de abril de dos mil diecisiete, solicitándole al Administrador, del Mercado Mayorista efectuar el recalculo correspondiente, con los criterios definidos en la referida resolución.


CONSIDERANDO:

Que el Administrador del Mercado Mayorista, remitió nuevamente el Informe de Costos Mayoristas a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, por lo que corresponde a la Comisión aprobar dicho informe.


POR TANTO:

La Comisión Nacional de Energía Eléctrica, con base en lo considerado y en la normativa citada,


RESUELVE:

 
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