ACTA MUNICIPAL 08-2016.10
Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Transporte Colectivo del municipio de Acatenango, Departamento de Chimaltenango.
MUNICIPALIDAD DE ACATENANGO,
DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO
El Infrascrito Secretario de la Municipalidad de Acatenango, del Departamento de Chimaltenango, CERTIFICA: que para el efecto tiene a la vista el libro de actas de sesiones Públicas Extraordinarias del Concejo Municipal, donde aparece el Acta No.08-2016, celebrada el día viernes veintitrés de septiembre del año dos mil dieciséis, la que a su punto DECIMO, literalmente dice:
DECIMO: El Concejo Municipal de Acatenango, Departamento de Chimaltenango.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 1 y 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia; siendo su fin primordial la realización del bien común así como garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, por lo cual es imperativo ordenar el tránsito vehicular y el transporte colectivo en el municipio de Acatenango, departamento de Chimaltenango.
CONSIDERANDO:
Que por mandato constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones, autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de regular el ordenamiento territorial, el control urbanístico y el cumplimiento de los fines propios;
CONSIDERANDO:
Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la elaboración, aprobación y ejecución de reglamentos y ordenanzas.
CONSIDERANDO:
Que el estado debe regular las conductas de la personas para evitar que éstas se extralimiten en sus derechos y abusen de la propiedad particular, los bienes públicos municipales o del estado y la búsqueda de la efectiva protección de las buenas costumbres, el ornato, el medio ambiente y el tránsito vehicular del municipio.
POR TANTO:
Con base a lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los Artículos 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los Artículos 3, 4, 33, 35, 42, 68, 72, 74, 75, 77, 100, 101, 106, 151 y 165 del Decreto número 12-2002 del Congreso de la República que contiene el Código Municipal, Ley de Tránsito y su reglamento, leyes conexas y disposiciones relacionadas con el transporte, el cual será de observancia general.
ACUERDA:
Aprobar el
Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Transporte
Colectivo del municipio de Acatenango, Departamento de Chimaltenango,
de la forma siguiente:
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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